El Tratado De Guadalupe Hidalgo: Definicion y lista de las
concesiones de tierras comunitarias en Nuevo Mexico (10-SEP-01,
GAO-01-952).
From the end of the seventeenth century to the mid-nineteenth
century, Spain made land grants to individuals, towns, and groups
to promote development in the frontier lands that now constitute
the American Southwest. Under the Treaty of Guadalupe Hidalgo,
which ended the Mexican-American War, the United States agreed to
recognize ownership of property of every kind in the ceded areas.
Many persons, including grantee heirs, scholars, and legal
experts, still claim that the United States did not protect the
property of Mexican-Americans and their descendants, particularly
the common lands of community grants. Land grant documents
contain no direct reference to "community land grants" nor do
Spanish and Mexican laws define or use this term. GAO did find,
however, that some grants refer to lands set aside for general
communal use or for specific purposes, including hunting,
pasture, wood gathering, or watering. Scholars, the land grant
literature, and popular terminology commonly use the phrase
"community land grants" to denote land grants that set aside
common lands for the use of the entire community. GAO adopted
this broad definition in determining which Spanish and Mexican
land grants can be identified as community land grants. GAO
identified 154 community land grants out of the total of 295 land
grants in New Mexico. Seventy-eight were grants in which the
shared lands formed part of the grant according to the original
grant documentation; 53 were grants that scholars, grantee heirs,
or others believed to contain common lands; and 23 were grants
extended to the indigenous pueblo cultures in New Mexico.
-------------------------Indexing Terms-------------------------
REPORTNUM: GAO-01-952
ACCNO: A01762
TITLE: El Tratado De Guadalupe Hidalgo: Definicion y lista de
las concesiones de tierras comunitarias en Nuevo Mexico
DATE: 09/10/2001
SUBJECT: Grants
International agreements
International relations
Land management
Land transfers
Treaties
Mexico
New Mexico
Spain
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** This file contains an ASCII representation of the text of a **
** GAO Testimony. **
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** No attempt has been made to display graphic images, although **
** figure captions are reproduced. Tables are included, but **
** may not resemble those in the printed version. **
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** Please see the PDF (Portable Document Format) file, when **
** available, for a complete electronic file of the printed **
** document's contents. **
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GAO-01-952
Report to Congressional Requesters
United States General Accounting Office
GAO
Septiembre, 2001 EL TRATADO DE GUADALUPE HIDALGO
Definici�n y lista de las concesiones de tierras comunitarias en Nuevo
M�xico
GAO- 01- 952
P�gina i GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico Comunicaci�n 1
Resumen conciso de los resultados 3 Antecedentes 4 El concepto de las
tierras comunes define las concesiones de
tierras comunitarias 8 Aproximadamente el 52% de las concesiones de tierras
en Nuevo
M�xico pueden clasificarse como concesiones comunitarias 9 Comentarios del
p�blico 21
Ap�ndice I Pormenores de las 295 concesiones de tierras otorgadas en Nuevo
M�xico por Espa�a y por M�xico 23
Ap�ndice II Otros nombres usados para las concesiones 32 Ap�ndice III
Objetivos, alcance y metodolog�a 40 Ap�ndice IV Comentarios del p�blico 45
Ap�ndiceV Bibliograf�a 57 Ap�ndice VI Personal responsable y reconocimiento
del personal
colaborador 64 Cuadros
Cuadro 1: 78 concesiones en las que las tierras comunes se ten�an en cuenta
en la concesi�n original 10 Cuadro 2: 53 concesiones comunitarias indicadas
como tales por
los herederos u otros 15 Cuadro 3: 23 concesiones comunitarias otorgadas a
los pueblos
ind�genas 18 Cuadro 4: Comentarios del Grupo Especial del Procurador General
de Nuevo M�xico y respuestas de la GAO 53 Tabla de Materias
P�gina ii GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico Ilustraciones
Ilustraci�n 1. Territorio cedido por M�xico conforme al Tratado de Guadalupe
Hidalgo en 1848, y la compra de Gadsden de 1853 5 IIustraci�n 2: Las
concesiones de tierras comunitarias del Cuadro
1, por condado. 13 Ilustraci�n 3: Las concesiones de tierras comunitarias
del Cuadro
2, por condado. 17 Ilustraci�n 4. concesiones de tierras comunitarias del
Cuadro 3,
por condado 20
P�gina 1 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
10 de septiembre de 2001 Senador Jeff Bingaman Senador Pete Domenici Senado
de los Estados Unidos
Diputado Tom Udall C�mara de Representantes
De fines del siglo XVII a mediados del XIX, Espa�a y luego M�xico otorgaron
concesiones de tierras (mercedes reales) 1 a personas, pueblos y
agrupaciones con el fin de fomentar la utilizaci�n de las tierras
fronterizas que ahora forman el sudoeste de los Estados Unidos. En Nuevo
M�xico, esas tierras cumpl�an diversos objetivos: alentar los asentamientos,
recompensar a la poblaci�n leal al Gobierno de Espa�a, y formar una barrera
que separara a las tribus hostiles de Am�rica del Norte de las regiones m�s
densamente pobladas de Nueva Espa�a. Espa�a tambi�n concedi� tierras a
varias culturas de los pueblos ind�genas que las hab�an habitado desde mucho
antes de que llegaran los espa�oles al sudoeste. Conforme a la ley espa�ola
y a la mexicana, las tierras comunes se�aladas como tales en cada concesi�n
original pertenec�an a la comunidad entera. Los documentos pertinentes de
Nuevo M�xico y la terminolog�a popular suelen distinguir dos clases de
concesiones de tierras: las ?concesiones
comunitarias? y las ?concesiones otorgadas a individuos?. En nuestra
investigaci�n hemos encontrado 295 concesiones hechas por Espa�a y M�xico
durante este per�odo; cuya lista forma el Ap�ndice I; el Ap�ndice II trae
una lista de otros nombres que tambi�n se han usado para designar esas
concesiones.
El Tratado de Paz, Amistad, L�mites y Arreglo definitivo de 1848, el llamado
Tratado de Guadalupe Hidalgo, puso fin a la guerra entre M�xico y los
Estados Unidos, y �stos adquirieron unos territorios enormes, entre ellos,
gran parte de lo que es ahora el Estado de Nuevo M�xico. Conforme al
tratado, los Estados Unidos se comprometieron a reconocer los derechos sobre
las propiedades de todo g�nero en las zonas cedidas. A lo largo de los
cincuenta a�os posteriores, los Estados Unidos elaboraron procedimientos
para dar validez a las concesiones de tierras en Nuevo
1 En Nuevo M�xico, las concesiones de tierras se llaman a menudo por su
antiguo nombre en espa�ol, ?merced.?
United States General Accounting Office Washington, DC 20548
P�gina 2 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
M�xico, con el fin de llevar a la pr�ctica las disposiciones del tratado.
Desde hace generaciones se debate si los Estados Unidos, en efecto,
cumplieron con las disposiciones del tratado, especialmente en lo que
respecta a las concesiones comunitarias. Son muchos, entre ellos, herederos
de los concesionarios, estudiosos y juristas, los que siguen sosteniendo que
los Estados Unidos no protegieron las propiedades de los mexicano americanos
y sus descendientes, particularmente las tierras comunes de las concesiones
comunitarias, e insisten en que muchas tierras comunes se han perdido de
diversas maneras y que esa p�rdida amenaza la estabilidad econ�mica de las
peque�as granjas mexicano americanas y el modo de vida de esos agricultores.
En vista de que el Congreso y los tribunales s�lo han legalizado el 25 por
ciento, aproximadamente, de las reivindicaciones totales presentadas por
concepto de concesiones de tierras en Nuevo M�xico, y que la mayor�a de las
tierras perdidas pertenec�an a la categor�a de las concesiones comunitarias,
se nos ha pedido que contestemos a varias preguntas relativas a esas
concesiones y a los procedimientos conforme al tratado. En este informe, el
primero de dos, hemos convenido en:
1. Definir las concesiones de tierras comunitarias. 2. Indicar los tipos de
concesiones comunitarias que satisfacen la
definici�n. En informes posteriores, describiremos los procedimientos
establecidos para aplicar el tratado, se�alaremos las dudas acerca de su
aplicaci�n, y explicaremos los otros medios (si es que hacen falta) que
pueda haber para plantear esas dudas.
Para definir las concesiones comunitarias, hemos examinado los documentos
relativos a las concesiones de tierras presentadas al Gobierno de los
Estados Unidos; las leyes coloniales espa�olas y mexicanas y las leyes
actuales de Nuevo M�xico; las actuaciones ante los tribunales federales,
estatales y territoriales, y los estudios publicados sobre esta materia.
Para reconocer las concesiones que satisfacen la definici�n de concesiones
de tierras comunitarias, hemos examinado los archivos de los Estados Unidos
sobre las reclamaciones de concesiones espa�olas y mexicanas; las obras
sobre las concesiones de tierras, incluido material sobre concesiones
espec�ficas, y las causas vistas ante los tribunales federales. Tambi�n
hemos conversado con estudiosos, juristas y herederos enterados de estos
asuntos. En su mayor parte, nos hemos guiado por las traducciones al ingl�s
de los documentos en espa�ol que est�n en los
P�gina 3 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
archivos del Gobierno de los Estados Unidos, entre otros. Debe notarse que
si indicamos en este informe que una concesi�n de tierras constituye una
concesi�n comunitaria, no expresamos una opini�n acerca de la validez de la
misma. Muchas de estas concesiones ya han sido objeto de resoluciones del
Congreso o de los tribunales. Nuestra metodolog�a se describe completamente
en el Ap�ndice III.
Este informe se ha preparado despu�s de haberse recibido comentarios e
informaci�n acerca de la versi�n preliminar (Informe Preliminar) publicada
en enero de 2001 en ingl�s y espa�ol. 2 En el Informe Preliminar se invitaba
a los lectores a comentar acerca de nuestra definici�n de las concesiones de
tierras comunitarias, las tres categor�as de concesiones de tierras
comunitarias que reconocimos, y la lista de concesiones en cada categor�a.
En este informe se incorporan algunos de los comentarios recibidos durante
el per�odo pertinente, del 24 de enero al 2 de mayo de 2001. Los comentarios
incluidos son los que se refer�an directamente al material de este informe.
Los documentos de concesi�n de tierras no se refieren directamente a las
?concesiones comunitarias,? expresi�n que no se define ni figura en las
leyes espa�olas y mexicanas. Hemos encontrado que ciertas concesiones se
refieren a las tierras apartadas para el uso general de la comunidad
(ejidos) o para fines concretos, entre ellos, cazar, pastar o abrevar el
ganado, o recolectar le�a. Los estudiosos, las obras sobre las concesiones
de tierras y la terminolog�a popular suelen usar la expresi�n ?concesiones
comunitarias? para referirse a las tierras apartadas para uso de toda la
comunidad. Hemos adoptado esta definici�n muy general para averiguar cu�les
de las concesiones de tierras espa�olas y mexicanas ten�an ese car�cter
comunitario.
Del total de 295 concesiones de tierras en Nuevo M�xico, hemos encontrado
que 154 (aproximadamente el 52%) eran comunitarias, las que a su vez hemos
dividido en tres categor�as: 78 en que las tierras compartidas formaban
parte espec�fica de la concesi�n, seg�n la documentaci�n original; 53 en que
los estudiosos, los herederos de los concesionarios u otros creen que hab�a
tierras compartidas, y 23 que se hab�an otorgado a las culturas de los
indios pueblo de Nuevo M�xico.
2 GAO- 01- 330 (en ingl�s) y GAO- 01- 331 (en espa�ol). Resumen conciso de
los resultados
P�gina 4 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
De fines del siglo XVII a mediados del XIX, Espa�a y M�xico otorgaron
concesiones de tierras a personas, pueblos, agrupaciones, pueblos ind�genas
y diversos asentamientos, con el fin de poblar lo que actualmente es Nuevo
M�xico. Los estudios eruditos y los escritos populares suelen distinguir dos
tipos de concesiones: las personales y las comunitarias. Las concesiones
hechas a pueblos y otros asentamientos segu�an el modelo de Espa�a, donde el
rey conced�a tierras adyacentes a los peque�os pueblos para el uso com�n de
todos sus residentes. Conforme a las leyes espa�olas y mexicanas vigentes en
el territorio de Nuevo M�xico, los funcionarios hac�an concesiones a los
pueblos y otras comunidades. Esas concesiones, por lo general, representaban
unos recursos de tierra y agua suficientes para facilitar el asentamiento y
establecimiento de comunidades, ya que tanto la tierra como el agua eran
ingredientes esenciales para sostener las comunidades agr�colas en Nuevo
M�xico. Esas concesiones estaban en armon�a con la legislaci�n de Espa�a,
incluida la Recopilaci�n de las leyes de los Reinos de las Indias, de 1680,
que constitu�a un compendio de las leyes que reg�an en los asentamientos del
Nuevo Mundo. Sin embargo, las leyes as� como los usos y costumbres locales a
menudo decid�an c�mo se hac�an y confirmaban esas concesiones.
Una vez independizado de Espa�a en 1821, M�xico sigui� apeg�ndose a las
leyes de Espa�a y otorgando nuevas concesiones, a fin de alentar los
asentamientos en las zonas desocupadas y prevenir las usurpaciones de
territorio mexicano por los Estados Unidos. La guerra entre M�xico y los
Estados Unidos comenz� en 1846 y termin� oficialmente al firmarse el Tratado
de Guadalupe Hidalgo en 1848. Conforme a ese tratado, M�xico cedi� a los
Estados Unidos por 15 millones de d�lares la mayor parte del actual
territorio sudoccidental de �stos, incluidos lo que ahora son los estados de
California y Nuevo M�xico. En la Ilustraci�n 1 se muestra el territorio
cedido por M�xico conforme a ese tratado. Antecedentes
P�gina 5 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Ilustraci�n 1. Territorio cedido por M�xico conforme al Tratado de Guadalupe
Hidalgo en 1848, y la compra de Gadsden de 1853
a Tejas, cuando se la reconoci� oficialmente como Estado de los Estados
Unidos en 1845, inclu�a la zona que aparece en gris claro en el mapa,
tambi�n reivindicada por M�xico. El Tratado de Guadalupe Hidalgo puso fin a
ese conflicto. Tejas todav�a reivindic� esa zona. En 1850, Tejas transfiri�
parte de ese territorio al gobierno federal, y una porci�n de esa
transferencia forma ahora la parte oriental de Nuevo M�xico.
Si bien el tratado dispon�a, por lo general, que se proteger�an los derechos
de propiedad en la zona cedida, el art�culo X se refer�a expresamente a la
protecci�n de las concesiones de tierras. Sin embargo, el presidente de los
Estados Unidos, James Polk, se opuso a esa disposici�n, por temerse que la
renovaci�n de las reivindicaciones a las concesiones pudiera trastornar las
que ya se hab�an dirimido en Tejas. A consecuencia, el Senado, en su
Resoluci�n de Asesoramiento y Consentimiento a la ratificaci�n, introdujo
varias enmiendas al tratado, entre ellas, la supresi�n del art�culo X.
Posteriormente pero el mismo a�o de 1848, los Estados Unidos y M�xico
firmaron el Protocolo de Quer�taro, en el cual se explicaban ciertos
aspectos del tratado. En el art�culo 2 (del protocolo) los Estados Unidos
P�gina 6 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
declararon que la supresi�n del art�culo X (del tratado) no significaba de
ninguna manera que se propon�an anular las concesiones de tierras. El
protocolo describe la postura de los Estados Unidos en el sentido de que se
proteger�an los t�tulos de propiedad a las concesiones de tierras, y que los
tribunales de los Estados Unidos reconocer�an las propiedades de los
concesionarios. Conforme a la compra de Gadsden de 1853 1 , los Estados
Unidos adquirieron m�s territorios de M�xico por 15 millones de d�lares,
entre ellos, la porci�n sudoccidental del actual estado de Nuevo M�xico. La
compra de Gadsden incorporaba por menci�n las disposiciones relativas a la
propiedad del Tratado de Guadalupe Hidalgo.
Para llevar los tratados a la pr�ctica, el Congreso promulg� en 1854 una ley
por la que se establec�a el cargo de Agrimensor General (Surveor General) de
Nuevo M�xico para examinar documentos y verificar los derechos de propiedad
a las concesiones de tierras. El Gobierno de los Estados Unidos exig�a que
las personas y los pueblos u otras comunidades demostraran sus derechos de
propiedad o intereses propietarios sobre las tierras concedidas. Despu�s de
examinar la documentaci�n sobre cada concesi�n de tierra, el Agrimensor
General recomendaba al Departamento del Interior las concesiones que deb�a
rechazar o confirmar. Cuando el Secretario del Interior estaba de acuerdo
con la recomendaci�n de confirmar, recomendaba a su vez al Congreso que
aprobara la concesi�n. Una vez aprobada por el Congreso, el Gobierno de los
Estados Unidos sol�a extender patentes 2 por medio de las cuales los t�tulos
de propiedad correspondientes se transmit�an a los due�os. El Congreso
examin� y confirm� 64 de las recomendaciones del Agrimensor General pero
dej� de considerarlas a fines del decenio de 1870.
En 1891, el Congreso estableci� el Tribunal de Reclamaciones Inmobiliarias
Privadas (Court of Private Land Claims) para la resoluci�n de las
reclamaciones pendientes examinadas por los Agrimensores
1 La Compra de Gadsden formaba parte de un tratado m�s extenso, el Tratado
de L�mites, Cesi�n de Territorio y Tr�nsito por el Istmo de Tehuantepec,
firmado el 30 de diciembre de 1853.
2 La patente no transmit�a el t�tulo pleno de propiedad de la concesi�n. M�s
bien, era una renuncia, de parte del Gobierno de los Estados Unidos, a todo
inter�s sobre la tierra patentada. La patente misma tambi�n dispon�a que no
afectar�a al derecho contrario de cualquier otra persona. O sea, que alg�n
tercero pod�a impugnar el derecho a la tierra del concesionario de la
patente mediante la reivindaci�n de un derecho superior, que es precisamente
lo que sucedi� en algunos casos. A menudo, las patentes se exped�an muchos
a�os despu�s de la aprobaci�n del Congreso.
P�gina 7 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Generales pero a�n no confirmadas por el Congreso, y las otras que se
presentaran al Tribunal. En la causa de los Estados Unidos contra Sandoval
et al., 167 U. S. 278 (1897), en la cual se recurr�a una resoluci�n del
Tribunal de Reclamaciones Inmobiliarias Privadas, la Corte Suprema resolvi�
que el derecho de propiedad a todos los terrenos comunes de las concesiones
comunitarias otorgadas antes de 1848 hab�a pertenecido a M�xico y no a cada
comunidad. Por consiguiente, conforme al Tratado de Guadalupe Hidalgo,
M�xico hab�a transferido el derecho de propiedad a esos terrenos comunes a
los Estados Unidos. Si bien la resoluci�n en la causa de Sandoval no
invalidaba las confirmaciones judiciales anteriores de concesiones de
tierras, afect� a todas las reivindicaciones posteriores resueltas por el
Tribunal de Reclamaciones Inmobiliarias Privadas. Ese tribunal termin� su
labor en 1904, habiendo aprobado reclamaciones y planos topogr�ficos que
representaban el 6 por ciento, aproximadamente, de la superficie
reivindicada. El Congreso y dicho Tribunal confirmaron 155 de las 295
concesiones que hemos encontrado, y se expidieron patentes para 142 de
ellas. 3 En el Ap�ndice I figuran todas las concesiones encontradas por
nosotros, los a�os de confirmaci�n de la concesi�n y expedici�n de la
patente, y el �rea patentada (en acres).
La conclusi�n de la labor del Tribunal de Reclamaciones Inmobiliarias
Privadas no calm� la controversia en torno a la p�rdida de las tierras
comunes. Son muchos, entre ellos, herederos de los concesionarios,
estudiosos y juristas, los que sostienen todav�a que los Estados Unidos no
cumpl�an con las disposiciones del Tratado de Guadalupe Hidalgo de proteger
las propiedades de los mexicano americanos y sus descendientes. Siguen
censurando el trato dado a los terrenos comunes por los tribunales federales
y que no se haya aprobado la transmisi�n de una proporci�n mayor de la
superficie reclamada. Tambi�n afirman que los terrenos comunes se han ido
perdiendo tambi�n de otros modos, y que esa p�rdida ha privado de medios de
sustento a muchos de los peque�os agricultores mexicano americanos.
3 En algunos casos no se expidieron las patentes. En esos casos, los
reclamantes ten�an que valerse de las aprobaciones legislativas o de las
decisiones del Tribunal de Reclamaciones Inmobiliarias Privadas para
confirmar la concesi�n y transmitir el t�tulo de propiedad de lo que eran
posesiones del Gobierno de los Estados Unidos. (V�ase la nota anterior.)
P�gina 8 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Los documentos de concesi�n de tierras no se refieren directamente a las
?concesiones comunitarias,? expresi�n que no se define ni figura en las
leyes espa�olas y mexicanas. Los estudiosos, las obras sobre las concesiones
de tierras y la terminolog�a popular suelen usar la expresi�n
?concesiones comunitarias? para referirse a los casos en que se apartaban
tierras para el uso de toda la comunidad. Hemos adoptado esta definici�n muy
general para los fines del presente informe.
Para averiguar el significado del t�rmino ?concesiones comunitarias,? hemos
examinado los documentos de concesi�n de tierras y concluido que en ellos no
se usa ese t�rmino, el cual no se define ni figura en las leyes espa�olas y
mexicanas pertinentes. Sin embargo, de nuestro estudio de las obras sobre
las concesiones de tierras y las resoluciones judiciales y de nuestras
conversaciones con estudiosos, juristas y herederos de los concesionarios,
se desprende que ese t�rmino se usa con frecuencia para referirse a las
concesiones que apartaban ciertas tierras para el uso com�n en general
(ejidos) o para fines concretos, entre ellos, cazar, pastar o abrevar el
ganado, o recolectar le�a. Nuestra definici�n coincide con el uso de los
estudiosos, las obras especializadas en la materia, y los herederos de los
concesionarios.
Conforme a las leyes espa�olas y las mexicanas, los terrenos apartados para
usos comunes que formaban parte de una concesi�n original pertenec�an a la
comunidad entera y no pod�an venderse. Por lo general, adem�s de gozar del
uso de las tierras comunes, los colonos que viv�an en una concesi�n
comunitaria tambi�n recib�an parcelas personales para viviendas (solares de
casa) y cultivos alimentarios (suertes). A diferencia de las tierras
comunes, estas parcelas personales las pod�a vender o enajenar el colono que
hubiera cumplido con las estipulaciones de la concesi�n, como la de haber
ocupado su parcela continuamente durante un per�odo determinado. Por
ejemplo, en la documentaci�n de la concesi�n de Ant�n Chico, otorgada por
M�xico en 1822, hay pruebas de que las tierras comunes formaban parte de la
concesi�n original. El documento de otorgamiento dispon�a que hubiera
parcelas personales y tierras comunes. El Congreso confirm� la concesi�n de
Ant�n Chico en 1860; �sta se patent� en 1883. El concepto de las
tierras comunes define las concesiones de tierras comunitarias
P�gina 9 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Vali�ndonos de esta definici�n, hemos encontrado que del total de 295
concesiones de tierras en Nuevo M�xico, 154 (aproximadamente el 52%) eran
comunitarias. En 78 casos las tierras compartidas formaban parte de la
concesi�n, seg�n la documentaci�n original; en 53 casos los estudiosos, los
herederos de los concesionarios u otros creen que hab�a tierras compartidas,
y hemos localizado otras 23 que se hab�an otorgado a las culturas de los
pueblos ind�genas de Nuevo M�xico.
Nuestro primer grupo de concesiones comunitarias consiste en los casos en
que las tierras comunes formaban parte de las tierras de la concesi�n
original. De nuestro examen de los documentos de otorgamiento, las leyes
espa�olas y mexicanas, la ley de Nuevo M�xico, y las obras eruditas
pertinentes, as� como de nuestras conversaciones con los herederos de los
concesionarios, estudiosos, juristas y otras personas, se desprende que las
tierras comunes formaban parte de la concesi�n original en los tres casos
siguientes:
Cuando el propio documento de la concesi�n estipula que parte de la tierra
se reserve para el uso com�n, y para ello usa expresiones como
?tierras comunes? o ?pastos y aguas en com�n.? Hemos encontrado 29
concesiones en las que figuraban esos t�rminos u otros parecidos. Por
ejemplo, la concesi�n espa�ola de Los Trigos, de 1815, otorgada a tres
personas, pon�a las tierras de pastos a disposici�n de los colonos de la
concesi�n. Asimismo, en una concesi�n mexicana por la que se proporcionaban
tierras a John Scolly y a varios socios, quedan aparte, para uso de todos
los colonos, la le�a y los pastos comunes. La ley vigente de Nuevo M�xico
considera que las concesiones que se refieren espec�ficamente a tierras
comunes constituyen concesiones comunitarias. 4
Cuando la concesi�n ten�a el fin de establecer un pueblo u otro nuevo
asentamiento. Las leyes y costumbres espa�olas relativas a los territorios
del Nuevo Mundo dispon�an que en los nuevos asentamientos, ciudades y
pueblos habr�a tierras comunes. Aunque M�xico se independiz� en 1821, las
concesiones de tierras mexicanas siguieron observando las mismas
4 La ley de Nuevo M�xico estipula que las tierras comunes de las concesiones
comunitarias espa�olas y mexicanas se administren por medio de una junta de
fideicomisarios o de una corporaci�n de concesiones de tierras comunitarias.
N. M. Stat. Ann., 49- 1- 3 y 49- 2- 1 (2000).
Aproximadamente el 52% de las concesiones de tierras en Nuevo M�xico pueden
clasificarse como concesiones comunitarias
Los casos en que, seg�n la documentaci�n original, las tierras comunes
formaban parte de las tierras de la concesi�n
P�gina 10 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
leyes y costumbres anteriores. Hemos encontrado 13 concesiones espa�olas o
mexicanas otorgadas a pueblos. Por ejemplo, en 1768 Espa�a otorg� la
concesi�n de Ojo de San Jos� a seis personas, con el fin de establecer un
pueblo. An�logamente, en 1840 M�xico otorg� la concesi�n de la Colonia Do�a
Ana Bend a 116 peticionarios, a fin de establecer un pueblo en el que se
apartar�a cierta superficie para el uso com�n. La ley vigente de Nuevo
M�xico considera que las concesiones de tierras otorgadas a un pueblo o una
comunidad, colonia, pueblo ind�gena o persona con el fin de establecer un
pueblo constituyen concesiones comunitarias. 5
Cuando la concesi�n se otorg� a 10 colonos o a m�s. La ley espa�ola que
reg�a los asentamientos en el Nuevo Mundo dispon�a que se pod�a otorgar una
concesi�n de tierras a 10 personas casadas o a m�s, si �stas conven�an en
formar un asentamiento en el que habr�a tierras comunes. Por ejemplo, la
concesi�n espa�ola de 1807 de Juan Bautista Valdez se otorg� a 10 colonos, y
la mexicana de 1842 de Angostura, a 54. Hemos encontrado 37 concesiones de
este tipo.
En el Cuadro 1 figura una lista de las 78 concesiones en las que las tierras
comunes se ten�an en cuenta en la concesi�n original:
Cuadro 1: 78 concesiones en las que las tierras comunes se ten�an en cuenta
en la concesi�n original
Concesi�n A�o de la concesi�n
Ubicaci�n por condado a
Abiqui� (Pueblo de) 1754 R�o Arriba
�lamitos (Juan Salas) 1840 Santa F� Albuquerque (Pueblo de) 1706 Bernalillo
Alexander Valle 1815 San Miguel Angostura del Pecos 1842 Guadalupe Ant�n
Chico (Pueblo de) 1822 Guadalupe Arroyo Hondo 1815 Taos Atrisco (Pueblo de)
1692 Bernalillo Badito 1835 Santa F� Barranca 1735 R�o Arriba Bartolom�
Trujillo 1734 R�o Arriba Bel�n (Pueblo de) 1740 Socorro
5 N. M. Stat. Ann., 49- 1- 2 (2000).
P�gina 11 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Concesi�n A�o de la concesi�n
Ubicaci�n por condado a
Bernab� Manuel Monta�o 1753 Sandoval Bracito 1823 Do�a Ana Cadillal 1846
Santa F� Caja del R�o 1742 Santa F� Ca�ada de los �lamos (1) 1785 Santa F�
Ca�ada de los Mesta�os 1828 Taos Ca�ada de San Francisco 1840 Santa F� Ca��n
de Carnue 1819 Bernalillo Ca��n de Chama 1806 R�o Arriba Ca��n de San Diego
1798 Sandoval Casa Colorado (Pueblo de) 1823 Socorro Cebolla 1846 Taos
Cebolleta (Pueblo de) 1800 Ci bola Chaperito (Pueblo de) 1846 San Miguel
Chilil� (Pueblo de) 1841 Bernalillo Cieneguilla (Pueblo de) 1795 Taos Cubero
(Pueblo de) 1833 Cibola Domingo Fern�ndez 1827 Santa F� Don Fernando de Taos
1796 Taos Do�a Ana Bend Colony 1840 Do�a Ana Galisteo (Pueblo de) 1814 Santa
F� Gervasio Nolan 1845 Mora John Scolly 1846 San Miguel Juan Bautista Valdez
1807 R�o Arriba Juan de Gabald�n 1752 Santa F� Las Trampas 1751 Taos Las
Vegas (Pueblo de) 1835 San Miguel Los Conejos 1842 R�o Arriba Los Manuelitos
1845 San Miguel Los Serrillos 1692 Santa F� Los Trigos 1815 San Miguel
Manzano (Pueblo de) 1829 Torrance Mesilla Civil Colony 1853 b Do�a Ana
Mesita Blanca 1843 Santa F� Mora (Pueblo de) 1835 Mora Nicol�s Dur�n de
Ch�vez 1739 Valencia Nuestra Se�ora del Rosario, San Fernando y Santiago
1754 R�o Arriba Ojo Caliente 1793 R�o Arriba Ojo de San Jos� 1768 Sandoval
Petaca 1836 R�o Arriba Pueblo de Quemado 1721 Santa F� Ranchito 1700
Sandoval
P�gina 12 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Concesi�n A�o de la concesi�n
Ubicaci�n por condado a
Rancho de Ysleta 1828 Otero Rancho del R�o Grande 1795 Taos Refugio Civil
Colony 1852 Do�a Ana R�o del Picur�s 1832 Taos San Antonio de las Huertas
1767 Sandoval San Antonio del R�o Colorado 1842 Taos San Anto�ito 1840
Bernalillo San Joaqu�n del Nacimiento 1769 Sandoval San Miguel del Vado 1794
San Miguel San Pedro 1844 Sandoval Santa B�rbara 1796 Taos Santa Cruz 1695
Santa F� Santa F� 1715 c Santa F� Santo Tom�s de Yturbide 1853 Do�a Ana
Santo Toribio d Sandoval Sevilleta 1819 Socorro Socorro (Pueblo de) 1817
Socorro Tajique (Pueblo de) 1834 Torrance Tej�n (Pueblo de) 1840 Sandoval
Tierra Amarilla 1832 R�o Arriba Tom� (Pueblo de) 1739 Valencia Torre�n
(Pueblo de) 1841 Torrance Vallecito de Lovato (Pueblon de) 1824 R�o Arriba
Vallecito (de San Antonio) 1807 R�o Arriba a Por condado predominante.
b M�xico otorg� esta concesi�n en tierras que luego formaron parte de la
Compra de Gadsden. c A los residentes de Santa F� en realidad s�lo se les
otorg� una concesi�n que ten�a que ver con el uso com�n de ciertos pastos y
aguas (1715). d Anterior a 1800.
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IIustraci�n 2: Las concesiones de tierras comunitarias del Cuadro 1, por
condado.
P�gina 14 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Nuestro segundo grupo de concesiones de tierras comunitarias consiste en
aqu�llas de las que se ha dicho que ten�an tierras comunes. Nuestro examen
de los documentos presentados para cada reclamaci�n a los agrimensores
generales o al Tribunal de Reclamaciones Inmobiliarias Privadas, y de los
archivos de un jurista investigador 6 , dejan en claro que, en ciertos
casos, las tierras en com�n s�lo se mencionan en la petici�n de un
reclamante o en otros documentos y que en los archivos no figuran documentos
de la concesi�n original en los que se indique que las tierras en com�n
formaban parte de las tierras concedidas.
Sin embargo, tambi�n hemos incluido concesiones de esta categor�a entre las
concesiones comunitarias despu�s de conversar con los herederos de los
concesionarios, los estudiosos y otras personas que conocen la historia de
la concesi�n, y de examinar la informaci�n que nos fu� facilitada. Repetimos
que no hay documentos que justifiquen la concesi�n, aunque ciertos
reclamantes manifestaron que esos documentos existieron pero que se hab�an
perdido o destruido. Algunos estudiosos nos explicaron que en ciertos casos,
en concesiones personales, los concesionarios o sus herederos o los colonos
de la concesi�n hab�an apartado tierras comunes para atraer a otros colonos,
despu�s de que se otorgara la concesi�n original. En estos casos, no habr�a
justificativos oficiales, puesto que el reparto de las tierras comunes ser�a
posterior a la concesi�n. Por ejemplo, un estudioso considera que la
concesi�n de Sangre de Cristo, originalmente otorgada por M�xico en 1843
como concesi�n personal, se transform� en concesi�n comunitaria cuando un
heredero del primer concesionario proporcion� ciertas tierras a nuevos
colonos y apart� otras para el uso com�n.
El Cuadro 2 consiste en una lista de 53 concesiones que los herederos de los
concesionarios, estudiosos u otras personas consideran que ten�an tierras
comunes, aunque �stas no se mencionen en los documentos de la concesi�n.
6 J. J. Bowden, ?Reclamaciones privadas de tierras en el Sudoeste,? (1969),
tesis presentada para optar a la maestr�a en derecho por la Southern
Methodist University (Dallas, Texas), sin publicar, en 6 vol�menes. Los
casos en que los
herederos u otros manifiestan que en la concesi�n hab�a tierras comunes
P�gina 15 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Cuadro 2: 53 concesiones comunitarias indicadas como tales por los herederos
u otros
Concesi�n A�o de la concesi�n
Ubicaci�n por condado a
Alameda (Pueblo de ) 1710 Bernalillo Antonio Baca 1762 Sandoval Antonio de
Salazar 1714 R�o Arriba Arkansas 1826 Colfax Arquito b Sandoval Bartolom�
S�nchez 1707 R�o Arriba Bernalillo (Pueblo de) 1708 Sandoval Black Mesa 1743
R�o Arriba Bosque Grande 1767 Sandoval Candelarios (Pueblo de) 1600 c
Bernalillo Chaca Mesa 1768 Sandoval Crist�bal de la Serna 1710 Taos Chamita
(Pueblo de) 1724 R�o Arriba Cuyamungu� 1731 Santa F� El Rito (Pueblo de)
1780 R�o Arriba Embudo 1725 R�o Arriba Francisco de Anaya Almaz�n 1693 Santa
F� Francisco Montes Vigil 1754 R�o Arriba Gijosa 1715 Taos Gotera 1830 Santa
F� Guadalupita 1837 Mora Hacienda del �lamo d Santa F� Heath 1828 Do�a Ana
Jos� Ignacio Alar� 1768 R�o Arriba Jos� Trujillo 1700 Santa F� Juan de
Ulibarr� 1710 R�o Arriba La Majada 1695 Santa F� Las Lagunitas b Bernalillo
Maragua 1826 Santa F� Mesita de Juana L�pez 1782 Santa F� Montoya 1740 e
Ojito de Galisteo 1799 Santa F� Pajarito f Bernalillo Pedro Armendaris N� 33
1819 Socorro Pedro Armendaris N� 34 1820 Socorro Plaza Colorado 1739 R�o
Arriba Polvareda 1766 R�o Arriba R�o del Oso 1840 R�o Arriba R�o Tesuque
1747 Santa F�
P�gina 16 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Concesi�n A�o de la concesi�n
Ubicaci�n por condado a
Rancho de Nuestra Se�ora de la Luz 1807 Santa F� Real de Dolores del Oro
1830 Santa F� San Clemente 1716 Valencia San Crist�bal 1835 Taos San Isidro
1786 Sandoval San Marcos Pueblo 1754 Santa F� Sangre de Cristo 1844 Taos
Sanguijuela 1843 San Miguel Santa Rita del Cobre 1801 Grant Santa Rosa de
Cubero 1761 Sandoval Santo Domingo de Cundiy� 1743 Santa F� Sebasti�n Mart�n
1705 R�o Arriba Tacubaya 1843 Santa F� Tecolote (Pueblo de) 1824 San Miguel
a Por condado predominante
b No se especifica la fecha c Fecha aproximada d Antes de 1714. e No se
especifica el condado. f Antes de 1746.
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Ilustraci�n 3: Las concesiones de tierras comunitarias del Cuadro 2, por
condado.
P�gina 18 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Nuestro tercer grupo de concesiones de tierras comunitarias consiste en las
otorgadas por Espa�a a los pueblos ind�genas de Nuevo M�xico a fin de
proteger las tierras comunes que ya hab�an utilizado y pose�do siglos antes
de la llegada de los colonos espa�oles. En su mayor�a, los asentamientos de
los indios pueblo que encontraron esos colonos en el siglo XVI consist�an en
aldeas permanentes, de propiedad com�n, cuyos habitantes se dedicaban a la
agricultura. Espa�a se declar� su protectora y les respet� el derecho a las
tierras adyacentes a sus pueblos, las cuales defendi� de la usurpaci�n de
los colonos. Espa�a otorg� concesiones a esas comunidades para reconocer la
posesi�n com�n de los terrenos de sus aldeas. M�xico continu� reconociendo
las posesiones de tierra de los indios pueblo y consider� que los residentes
de esas aldeas eran ciudadanos mexicanos.
Al formarse la Oficina del Agrimensor General en 1854, el Congreso exigi�
que su titular investigara e informara acerca de las reclamaciones de los
indios pueblo. Posteriormente, el Congreso confirm� las concesiones
espa�olas de tierras a 22 pueblos ind�genas, siguiendo la recomendaci�n del
Agrimensor General; el Tribunal de Reclamaciones Inmobiliarias Privadas
confirm� una concesi�n. �stas figuran en el Cuadro 3.
Cuadro 3: 23 concesiones comunitarias otorgadas a los pueblos ind�genas
Concesiones originales espa�olas A�o de
concesi�n Ubicaci�n
por condado a
Pueblo de Acoma 1689 b Cibola Pueblo de Cochit� 1689 b Sandoval Pueblo de
Isleta c Valencia Pueblo de J�mez 1689 b Sandoval Pueblo de Laguna 1689 b
C�bola Pueblo de Namb� c Santa F� Pueblo de Pecos e 1689 b San Miguel Pueblo
de Picur�s 1689 b Taos Pueblo de Pojoaque 1699 d Santa F� Pueblo de San
Crist�bal 1689 b Santa F� Pueblo de San Felipe 1689 b Sandoval Pueblo de San
Ildefonso 1704 Santa F� Pueblo de San Juan 1689 b R�o Arriba Pueblo de
Sand�a 1748 Sandoval Pueblo de Santa Ana c Sandoval Pueblo de Santa Clara
1699 d R�o Arriba Pueblo de Santa Clara: Ca�ada de Santa Clara
1763 R�o Arriba
Los casos de las tierras comunes de las culturas de los pueblos ind�genas
asentados antes de la llegada de los exploradores espa�oles
P�gina 19 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Concesiones originales espa�olas A�o de concesi�n
Ubicaci�n por condado a
Pueblo de Santo Domingo 1689 b Sandoval Pueblo de Taos c Taos Pueblo of
Tesuque c Santa F� Pueblo de Z�a 1689 b Sandoval Pueblo de Zu�i 1689 b
McKinley Pueblos de Z�a, J�mez y Santa Ana 1766 Sandoval a Por condado
principal
b Se han expresado dudas acerca de la legitimidad de las concesiones de
1689. c No se especifica la fecha d Fecha aproximada e Se renunci� a esta
concesi�n a fines del siglo XIX.
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Ilustraci�n 4. concesiones de tierras comunitarias del Cuadro 3, por condado
P�gina 21 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
En enero de 2001 publicamos una versi�n de este informe en calidad de
Informe Preliminar, para recopilar los comentarios del p�blico acerca de
nuestra definici�n y catalogaci�n de las concesiones de tierras comunitarias
y para allegar informaci�n sobre esas concesiones que no hubi�ramos podido
hallar en documentos p�blicos. En Nuevo M�xico, distribuimos extensamente
las versiones en ingl�s y en espa�ol del Informe Preliminar entre grupos
comunitarios, estudiosos, herederos de los concesionarios y los pueblos
indios, y dejamos ejemplares en oficinas de los gobiernos locales y
bibliotecas de 18 condados, as� como estaciones del Servicio Federal
Forestal en todo el estado. A los peri�dicos y las estaciones de radio y
televisi�n en espa�ol e ingl�s del estado tambi�n les enviamos anuncios del
informe, y se dejaron ejemplares en las oficinas de los senadores Bingaman y
Domenici y del representante Udall de Nuevo M�xico. Adem�s, el p�blico pod�a
tener acceso al Informe y comentarlo en el sitio de Internet de la GAO.
Asimismo, recibimos comentarios y documentaci�n por telefacs�mil y por
correo electr�nico y normal. En marzo de 2001, celebramos reuniones con el
p�blico en cinco localidades de Nuevo M�xico, entre ellas, Santa F� y
Albuquerque, con el fin de recabar comentarios.
Durante el per�odo de comentarios recibimos m�s de 200 comentarios escritos
y orales acerca del Informe Preliminar; algunos de ellos tra�an informaci�n
que no era f�cil de localizar en las fuentes bibliogr�ficas que hab�amos
utilizado. Se previ� en un principio que el per�odo de comentarios
concluir�a el 2 de abril, pero se prorrog� hasta el 2 de mayo. La mayor�a de
los comentarios no se refer�an a nuestra definici�n de las concesiones de
tierras comunitarias ni a los tres tipos de esas concesiones que hab�amos
encontrado. Un n�mero apreciable de los comentarios ten�a que ver con la
historia de determinadas concesiones de tierras comunitarias. Esta
informaci�n se estudiar� durante la preparaci�n de nuestro informe
siguiente.
La mayor�a de los comentarios relativos a nuestra definici�n y a las listas
de concesiones de tierras comunitarias estaba de acuerdo con nuestro
an�lisis. Unos pocos comentarios discrepaban respecto a la clasificaci�n de
determinadas concesiones de tierras. En vista de la informaci�n recibida, la
concesi�n de Elena Gallegos, que se hab�a incorporado al Cuadro 1 como
concesi�n comunitaria, ha pasado a considerarse concesi�n personal con el
nombre ?Diego Montoya.? Durante la visita que hicimos a Nuevo M�xico en
marzo, los herederos se�alaron que otras dos concesiones, las de Francisco
Montes Vigil y Crist�bal de la Serna, ten�an car�cter comunitario. Estas dos
se han agregado al Cuadro 2, donde aparecen las concesiones donde hab�a
tierras de uso com�n, seg�n los Comentarios del
p�blico
P�gina 22 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
herederos u otras personas. Tambi�n a�adimos la Ca�ada de Santa Clara a la
lista de concesiones a los pueblos indios del Cuadro 3, en vista de los
documentos proporcionados durante el per�odo de comentarios. V�ase el
Ap�ndice IV donde se consideran m�s a fondo los comentarios recibidos.
Hemos colocados mapas a continuaci�n de cada cuadro, para mostrar
gr�ficamente el n�mero de concesiones por condado, asignadas al condado
donde se encuentran principalmente; hemos a�adido la clasificaci�n del tipo
de concesi�n al Ap�ndice I para facilitar la identificaci�n de las
concesiones. Algunas de las concesiones llevan m�s de un nombre. Para
facilitar el reconocimiento de las concesiones que tienen designaciones
m�ltiples, hemos a�adido el Ap�ndice II, donde esas otras designaciones se
distribuyen por orden alfab�tico y se indican los nombres por los que
figuran en el Ap�ndice I.
Conforme a lo acordado con su personal, este informe se publicar� en
versiones en ingl�s y en espa�ol. Pensamos enviar ejemplares a la delegaci�n
de Nuevo M�xico al Congreso. Repartiremos ejemplares en los dos idiomas en
Nuevo M�xico y facilitaremos otros, previa solicitud. El personal de enlace
de la GAO y los principales colaboradores en este informe figuran en el
Ap�ndice VI.
Si tiene algunas preguntas a que se refiere ese informe, s�rvase de llamar a
tel�fono al 202- 512- 8648. Ap�ndice V tiene la lista del personal
responsable y colaborador de este informe.
Susan A. Poling Asesora Jur�dica Adjunta Recursos Naturales y Medio Ambiente
Ap�ndice I: Pormenores de las 295 concesiones de tierras otorgadas en Nuevo
M�xico por Espa�a y por M�xico
P�gina 23 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Nombre de la concesi�n Fecha de confirmaci�n u otra decisi�n a Fecha de la
patente b �rea de la patente (en acres) Tipo de
concesi�n c Abiqui� (Pueblo de) 1894 1909 16,547.20 C Agapito Ortega
Desistida I Agua Negra 1860 1900 17,361.11 I Agua Salada 1893 1909 10,694.48
I Alameda (Pueblo de) 1892 1920 89,346.00 OI
�lamitos 1896 1914 297.55 C
�lamo Rechazada I Albuquerque (Pueblo de) 1892 No se especifica No se
especifica C Alexander Valle 1860 1927 1,242.00 C Alfonso Rael de Aguilar
(2) Desistida I Alphonso Rael de Aguilar (1) Desistida I Anc�n Colorado
Desistida I Angostura 1897 1906 1,579.48 I Angostura del Pecos Desistida C
Antoine Leroux 1869 1911 56,428.31 I Ant�n Chico (Pueblo de) 1860 1883
383,856.10 C Antonio Armijo Desistida I Antonio Baca 1895 1902 47,196.50 OI
Antonio de Abeytia 1894 1910 721.42 I Antonio de Salazar Desistida OI
Antonio de Ulibarr� Desistida I Antonio Dom�nguez Rechazada I Antonio
Mart�nez 1893 1896 61,605.46 I Antonio Ortiz 1869 1877 163,921.68 I
Archuleta y Gonz�lez Desistida I Arkansas Rechazada por el Tribunal
de Circuito OI Arquito Desistida OI Arroyo de San Lorenzo Rechazada I Arroyo
Hondo 1892 1908 20,000.38 C Atrisco (Pueblo de) 1894 1905 82,728.72 C Badito
Rechazada C Baltasar Baca Rechazada I Barranca Rechazada C Bartolom� Baca
Rechazada I Bartolom� Fern�ndez 1894 1903 25,455.24 I Bartolom� S�nchez 1897
1914 4,469.83 OI Bartolom� Trujillo Rechazada C Bel�n (Pueblo de) 1858 1871
194,663.75 C Bernab� Manuel Monta�o 1892 1908 44,070.66 C Bernal Spring
Desistida I Bernalillo (Pueblo de) 1897 1900 3,404.67 OI Black Mesa 1894
1907 19,171.35 OI Bosque Del Apache 1860 1877 60,117.39 I
Ap�ndice I: Pormenores de las 295 concesiones de tierras otorgadas en Nuevo
M�xico por Espa�a y por M�xico
Ap�ndice I: Pormenores de las 295 concesiones de tierras otorgadas en Nuevo
M�xico por Espa�a y por M�xico
P�gina 24 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Nombre de la concesi�n Fecha de confirmaci�n u otra decisi�n a Fecha de la
patente b �rea de la patente (en acres) Tipo de
concesi�n c Bosque Grande 1896 1925 2,967.57 OI Bracito 1860 d d C Cadillal
e e C Caja del R�o 1893 1897 66,849.78 C Ca�ada Ancha 1897 1917 200.82 I
Ca�ada de Cochit� 1894 1901 19,112.78 I Ca�ada de Los �lamos (1) 1893 1896
12,068.39 C Ca�ada de los �lamos (2) 1894 1911 4,106.66 I Ca�ada de Los
Apaches 1892 1907 86,249.09 I Ca�ada de Los Mesta�os Rechazada C Ca�ada de
San Francisco Rechazada C Ca�ada de Santa Clara 1894 1909 490.62 P
Candelarios (Pueblo de ) f f f OI Ca��n de Carnue 1894 1903 2,000.59 C Ca��n
de Chama 1894 1905 1,422.62 C Ca��n de San Diego 1860 1881 116,286.89 C
Ca��n del Agua 1866 1896 341.04 I Ca��n del R�o (Colorado) Rechazada I Casa
Colorado (Pueblo de) 1858 1909 131,779.37 C Catarina Maese Desistida I
Cebolla 1896 g g C Cebolleta (Pueblo de ) 1869 1882 199,567.92 C Chaca Mesa
1895 1899 47,258.71 OI Chamisos Arroyo Rechazada I Chamita (Pueblo de ) 1860
1929 1,636.29 OI Chaperito (Pueblo de ) 1890 C Chilil� (Pueblo de) 1858 1909
41,481.00 C Chupaderos de la Lagunita Rechazada I Cieneguilla (Pueblo de)
Rechazada C Corpos Cristo Desistida I Crist�bal de la Serna 1892 1903 OI
Crist�bal Cresp�n Desistida I Cubero (Pueblo de) 1892 1900 16,490.94 C
Cuyamungu� 1895 1909 604.27 OI Diego Arias de Quir�s Rechazada I Diego de
Belasco Desistida I Diego Montoya 1893 1909 35,048.78 I Domingo Fern�ndez
1860 1880 81,032.67 C Domingo Valdez Rechazada I Don Fernando de Taos 1897
1909 1,817.34 C Do�a Ana Bend Colony 1896 1907 35,399.01 C El Pino Desistida
I El Rito (Pueblo de) Desistida OI
Ap�ndice I: Pormenores de las 295 concesiones de tierras otorgadas en Nuevo
M�xico por Espa�a y por M�xico
P�gina 25 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Nombre de la concesi�n Fecha de confirmaci�n u otra decisi�n a Fecha de la
patente b �rea de la patente (en acres) Tipo de
concesi�n c Embudo Rechazada OI Estancia Rechazada I Felipe Pacheco
Desistida I Felipe Tafoya (1) Desistida I Felipe Tafoya (2) 1895 1902
4,340.23 I Francisco de Anaya Almaz�n 1897 1916 3,202.79 OI Francisco Garc�a
Desistida I Francisco Montes Vigil 1892 1899 8,253.74 OI Francisco X. Romero
Desistida I Galisteo (Pueblo de) 1894 1927 260.79 C Gaspar Ortiz 1860 h h I
Gervasio Nolan Rechazada C Gijosa 1893 1908 16,240.64 OI Gotera Rechazada OI
Guadalupe Miranda Desistida I Guadalupita Desistida OI Hacienda del �lamo
Rechazada OI Heath Rechazada OI Jacona (Pueblo de) 1893 1909 6,952.84 I
Joaqu�n (de) Mestas Rechazada I Joaqu�n Sedillo y Antonio Guti�rrez 1897
1909 22,636.92 I John Scolly 1860 1893 25,000.00 C Jornado del Muerto
Rechazada I Jos� Antonio Lucero Rechazada I Jos� Antonio Torres Desistida I
Jos� de Leyba Rechazada I Jos� Dom�nguez Rechazada por el
Agrimensor General I Jos� Garc�a Rechazada I Jos� Ignacio Alar� Desistida OI
Jos� Leandro Perea 1860 1877 17,712.00 I Jos� Manuel S�nchez Baca 1900 1902
3,530.60 I Jos� R�mulo de Vera Desistida I Jos� Sutton Rechazada I Jos�
Trujillo Desistida OI Juan Antonio Flores Desistida I Juan Bautista Valdez
1898 1913 1,468.57 C Juan Cayentano Lovato Rechazada I Juan de Gabald�n 1893
1902 10,690.05 C Juan de Mestas Desistida I Juan de Ulibarr� Desistida OI
Juan Dur�n Rechazada I Juan Esteban Garc�a de Noriega Rechazada I Juan
Felipe Rodr�guez Desistida I
Ap�ndice I: Pormenores de las 295 concesiones de tierras otorgadas en Nuevo
M�xico por Espa�a y por M�xico
P�gina 26 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Nombre de la concesi�n Fecha de confirmaci�n u otra decisi�n a Fecha de la
patente b �rea de la patente (en acres) Tipo de
concesi�n c Juan G. Pinard Archivada por el Agrimensor
General I Juan Jos� Archuleta Rechazada I Juan Jos� Lovato 1894 1902
205,615.72 I Juan Jos� Moreno Desistida I Juan Jos� S�nchez Rechazada I Juan
Manuel C�rdova Archivada por el Agrimensor
General I Juan Montes Vigil 1931, por el Tribuna Federal
de Distrito i 379.36
I Juan Tafoya Desistida I Juana Baca Rechazada I La Majada 1894 1908
54,404.10 OI La Nasa Desistida I Las Lagunitas Archivada OI Las Lomitas
Desistida I Las Trampas (Pueblo de) 1860 1903 28,131.67 C Las Vegas (Pueblo
de) 1860 1903 431,653.65 C Lo de B�squez Desistida I Lo de Padilla 1896 1908
51,940.82 I Los Conejos Rechazada C Los Manuelitos Rechazada C Los Serrillos
1894 1897 1,478.81 C Los Trigos 1860 1909 7,342.00 C Luis de Armenta No se
present� demanda
judicial I Luis Mar�a Cabeza de Baca 1860 j 198,578.78 I Maes y Gallego k k
k I Manuel Tenorio Desistida I Manuela Garc�a de las Ribas Desistida I
Manzano (Pueblo de) 1860 1907 17,360.24 C Maragua Rechazada OI Maxwell Grant
1860 1879 1,714,764. 94 I Mesilla Civil Colony 1899 1909 21,628.52 C Mesita
Blanca Desistida C Mesita de Juana L�pez 1879 OI Montoya l l l OI Mora
(Pueblo de) 1860 1876 827,621.10 C Nepumecina Mart�nez de Arag�n Desistida I
Nerio Antonio Montoya Rechazada I Nicol�s Dur�n de Ch�ves 1896 No hay
indicios de
que se expidiera la patente C Nuestra Se�ora de Guadalupe (mina) Rechazada I
Nuestra Se�ora de los Dolores (mina) Rechazada I
Ap�ndice I: Pormenores de las 295 concesiones de tierras otorgadas en Nuevo
M�xico por Espa�a y por M�xico
P�gina 27 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Nombre de la concesi�n Fecha de confirmaci�n u otra decisi�n a Fecha de la
patente b �rea de la patente (en acres) Tipo de
concesi�n c Nuestra Se�ora del Rosario, San Fernando, y Santiago 1892 1905
14,786.58
C Ocate Rechazada I Ojito de Galisteo Desistida OI Ojito de los M�danos
Rechazada I Ojo Caliente 1894 1894 2,244.98 C Ojo de Borrego 1894 1913
16,079.80 I Ojo de la Cabra Rechazada I Ojo de San Jos� 1894 1912 4,340.28 C
Ojo del Apache Rechazada I Ojo del Esp�ritu Santo 1869 1916 113,141.15 I
Orejas del Llano de los Aguajes Rechazada I Ortiz (mina) 1861 1876 69,199.33
I Pablo Montoya 1869 1877 655,468.07 I Pacheco 1892 1913 500.00 I Pajarito
1894 1914 28,724.22 OI Paraje del Punche Desistida I Pedro Armendaris N� 33
1860 1878 352,504.50 OI Pedro Armendaris N� 34 1860 1878 95,030.00 OI
Peralta (1) Rechazada I Peralta (2) Rechazada I Petaca 1896 1901 1,392.10 C
Piedra Lumbre 1893 1902 49,747.89 I Plaza Blanca 1894 1914 8,955.11 I Plaza
Colorado 1893 1907 7,577.92 OI Polvareda 1893 1900 35,761.14 OI Preston Beck
Jr. 1860 1883 318,699.72 I Pueblo de Acoma 1858 1877 95,791.66 P Pueblo de
Cochit� 1858 1864 24,256.50 P Pueblo de Isleta 1858 1864 131,495.30 P Pueblo
de J�mez 1858 1864 17,510.45 P Pueblo de Laguna 1897 1909 17,328.91 P Pueblo
de Namb� 1858 1864 13,586.33 P Pueblo de Pecos 1858 1864 18,763.33 P Pueblo
de Picur�s 1858 1864 14,953.39 P Pueblo de Pojoaque 1858 1864 13,520.38 P
Pueblo de Quemado Desistida C Pueblo de San Crist�bal m m m P Pueblo de San
Felipe 1858 1864 34,766.86 P Pueblo de San Ildefonso 1858 1864 17,292.64 P
Pueblo de San Juan 1858 1864 17,544.77 P Pueblo de Sand�a 1858 1864
24,034.87 P Pueblo de Santa Ana 1869 1883 17,360.56 P Pueblo de Santa Clara
1858 1864 17,368.52 P
Ap�ndice I: Pormenores de las 295 concesiones de tierras otorgadas en Nuevo
M�xico por Espa�a y por M�xico
P�gina 28 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Nombre de la concesi�n Fecha de confirmaci�n u otra decisi�n a Fecha de la
patente b �rea de la patente (en acres) Tipo de
concesi�n c Pueblo de Santo Domingo 1858 1864 74,743.11 P Pueblo de Santo
Domingo & San Felipe 1898 1905 1,070.68
I Pueblo de Taos 1859 1864 17,360.55 P Pueblo de Tesuque 1858 1864 17,471.12
P Pueblo de Z�a 1858 1864 17,514.63 P Pueblo de Zu�i n n n P Pueblos of Z�a,
J�mez y Santa Ana Rechazada P Ram�n Vigil 1860 1908 31,209.52 I Ranchito
1897 1909 4,250.63 C Rancho de Abiqui� Desistida I Rancho de Coyote
Desistida I Rancho del Gigante 1860 1884 25,233.18 I Rancho de la Gallina
Desistida I Rancho de la Sant�sima Trinidad Rechazada; Desistida I Rancho de
los Comanches Desistida I Rancho de los Corrales Desistida I Rancho de los
Rincones Desistida I Rancho de Nuestra Se�ora de la Luz 1860 1874 16,546.85
OI Rancho de Paguate 1860 75,406.27 I Rancho de R�o Arriba Desistida I
Rancho de R�o Puerco Desistida I Rancho de San Juan 1860 1884 25,233.18 I
Rancho de Santa Ana 1860 1884 871.33 I Rancho de Ysleta Rechazada C Rancho
del R�o Grande 1892 1901 91,813.15 C Rancho el Rito 1860 1884 25,233.18 I
Real de Dolores del Oro (Pueblo de) Rechazada OI Refugio Civil Colony 1901
1910 11,524.30 C R�o de Chama Desistida I R�o del Oso Desistida OI R�o del
Picur�s Rechazada C R�o Tesuque (Pueblo de) 1897 OI Rito de los Frijoles
Rechazada I R�mulo Barela Rechazada I Roque Jacinto Jaramillo Rechazada I
Roque Lovato Rechazada I Salvador Lovato Desistida I San Acasio Desistida I
San Antonio de Las Huertas 1897 1907 4,763.85 C San Antonio del R�o Colorado
Rechazada C San Anto�ito Rechazada C San Clemente 1896 1909 37,099.29 OI
Ap�ndice I: Pormenores de las 295 concesiones de tierras otorgadas en Nuevo
M�xico por Espa�a y por M�xico
P�gina 29 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
San Crist�bal Rechazada por el Agrimensor General OI San Isidro (Pueblo de)
1860 1936 11,476.88 OI San Joaqu�n del Nacimiento Rechazada C San Marcos
Pueblo 1892 1896 1,895.44 OI San Mateo Spring( s) 1895 1907 4,340.276 I San
Miguel del Vado 1894 1910 5,207.73 C San Pedro 1860 1875 31,594.76 C Sangre
de Cristo 1860 1880 998,780.46 OI Sanguijuela Rechazada OI Santa B�rbara
1894 1905 30,638.28 C Santa Cruz 1899, 1900 1910 4,567.60 C Santa F� 1894 o
o C Santa F� Ca��n Rechazada I Santa Rita del Cobre Rechazada por el
Comisario
de la General Land Office OI Santa Rosa de Cubero 1898 OI Santa Teresa 1900
1909 8,478.51 I Santiago Bone Desistida I Santiago Ram�rez 1897 1912 272.17
I Santo Domingo de Cundiy� 1900 1903 2,137.08 OI Santo Tom�s de Yturbide
1900 1905 9,622.34 C Santo Toribio Rechazada C Sebasti�n de Vargas 1893 1900
I Sebasti�n Mart�n 1860 1893 51,387.20 OI Sevilleta 1893 Comenz� a
dispersarse en 1915
Sin especificar C Sierra Mosca 1896 p p I Sitio de Juana L�pez 1894 1897
1,108.61 I Sitio de Los Serrillos 1894 1897 572.04 I Socorro (Pueblo de)
1892 1896 17,371.18 C Tacubaya Desistida OI Tajique (Pueblo de) 1860 1912
7,185.55 C Talaya Hill 1895 1917 922.52 I Tecolote 1858 1902 48,123.38 OI
Tej�n (Pueblo de) 1860 1882 12,801.46 C The Baird?s Ranch Rechazada I Tierra
Amarilla 1860 1881 594,515.55 C Tom� (Pueblo de) 1858 1871 121,594.53 C
Tom�s Tapia Rechazada I Torre�n (Pueblo de) 1860 1909 14,146.11 C U�a del
Gato Rechazada por el Secretario
del Interior I Vallecito (de San Antonio) Desistida C Vallecito de Lovato
(Pueblo de) Rechazada C
Ap�ndice I: Pormenores de las 295 concesiones de tierras otorgadas en Nuevo
M�xico por Espa�a y por M�xico
P�gina 30 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Vertientes de Navaj� Rechazada I a Concesi�n confirmada por el Congreso o el
Tribunal de Reclamaciones Inmobiliarias Privadas (Court of Private Land
Claims). b La patente es el instrumento por el que se transfiere legalmente
el t�tulo de propiedad de la
concesi�n. (ver n. 4, Comunicaci�n) c ?C? indica las concesiones de tierras
comunitarias especificadas como tales en la documentaci�n original de la
concesi�n, enumeradas en el Cuadro 1. ?OI? indica las concesiones en las
cuales, seg�n los herederos, estudiosos u otros, hab�a tierras comunes,
aunque �stas no figuran en la documentaci�n; est�n enumeradas en el Cuadro
2. ?P? indica las concesiones otorgadas por Espa�a a las culturas de los
indios pueblo, enumeradas en el Cuadro 3. ?I? indica las concesiones
otorgadas a individuos. d El Tribunal de Reclamaciones Inmobiliarias
Privadas reconoci� la validez de esta concesi�n y
orden� que se levantara el plano topogr�fico y dividiera, pero surgieron
dificultades cuando intentaron definirse sus lindes con la concesi�n de
Santo Tom�s Yturbide. No se extendi� la patente porque los reclamantes
argumentaron que la Ley de Confirmaci�n de 1860 les transfer�a el t�tulo de
propiedad. El levantamiento topogr�fico final dio una superficie de
14,808.075 acres. e Esta concesi�n estaba situada dentro de la de Domingo
Fern�ndez, previamente confirmada, por lo
cual no se tom� ninguna acci�n al respecto. f Los reclamantes presentaron
una petici�n en 1872 pero no hicieron nada m�s para que su concesi�n se
reconociera. Por lo tanto, esta cuesti�n no se ha resuelto oficialmente. g
En vista de una resoluci�n de la Corte Suprema de los Estados Unidos, en la
que se lleg� a la
conclusi�n, entre otras cosas, de que esta concesi�n no se hab�a otorgado
conforme a las leyes de M�xico. h Al parecer esta concesi�n est� dentro de
otra, la del Pueblo de Namb�; por lo tanto, no se ha
patentado. i No se present� una solicitud efectiva ante el Tribunal, y por
lo tanto, ni el Congreso ni el Tribunal la confirmaron. Sin embargo, parece
ser que los residentes del Pueblo de Pe�a Blanca consideraron suficiente la
confirmaci�n de la concesi�n de La Majada. En 1931, el Tribunal de Circuito
de Nuevo M�xico confirm� una superficie que no hab�a pertenecido antes a las
tierras del Pueblo de Cochit�. i Al parecer, la concesi�n de la Pueblo de
Las Vegas era incompatible con la concesi�n de Baca. El
Congreso reconoci� esa incompatibilidad y autoriz� a los herederos de Baca a
obtener una superficie equivalente en otras partes del territorio. De los
cinco terrenos escogidos con ese fin, dos estaban en Nuevo M�xico: Float N�
1 en el condado de Sandoval y Float N� 2 en el de San Miguel, cada uno de
ellos de 99,289.39 acres de superficie. k Los reclamantes probablemente
consiguieron el t�tulo de propiedad conforme a la Ley del 3 de
marzo de 1891, por la cual los colonos que hubieran vivido en el terreno
durante m�s de veinte a�os antes de un levantamiento topogr�fico oficial de
la municipalidad tendr�an derecho a patente por una superficie m�xima de 160
acres. No se ha hallado documentaci�n que corroborara esta concesi�n, que
tampoco fu� reclamada ante el Tribunal de Reclamaciones Inmobiliarias
Privadas. l No se ha encontrado informaci�n espec�fica.
m El documento de la concesi�n que fu� presentado a la Oficina del
Agrimensor General se ha demostrado que era fraudulento. n A consecuencia
del establecimiento de una reservaci�n india en 1877, modificada en 1883,
1885 y
1917, la reclamaci�n del pueblo no se present� al Tribunal de Reclamaciones
Inmobiliarias Privadas. o La �nica concesi�n que en realidad se otorg� a los
residentes de Santa F� se refer�a a ciertos pastos y aguas comunes (1715). A
la postre, el Congreso concedi� a la municipalidad de Santa F� todas las
tierras que no ten�a en uso el gobierno federal o que no eran concesiones
privadas. El �rea
confirmada se basa en el levantamiento topogr�fico preliminar del Agrimensor
General, el cual abarcaba cuatro leguas cuadradas.
Ap�ndice I: Pormenores de las 295 concesiones de tierras otorgadas en Nuevo
M�xico por Espa�a y por M�xico
P�gina 31 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
p La Corte Suprema de los Estados Unidos consider� errada la resoluci�n del
Tribunal de Reclamaciones Inmobiliarias Privadas y resolvi� revocarla. Esta
concesi�n fu� rechazada en 1900.
Ap�ndice II: Otros nombres usados para las concesiones
P�gina 32 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Otros nombres de las concesiones Concesi�n Tipo de
concesi�n a
Abo Nuestra Se�ora de Guadalupe (mina de) I Anastasio Romero Juan de Mestas
I Andr�s Montoya Francisco de Anaya
Almaz�n OI Andr�s Montoya Rito de los Frijoles I Antonio Cano Ortiz (mina) I
Antonio Ch�vez Arroyo de San Lorenzo I Antonio Elias Armenta Ca��n del R�o
(Colorado) I Antonio Joseph Ojo Caliente C Antonio Lucero Ca�ada de Cochit�
I Antonio Mart�nez Estancia I Antonio Ortiz Lo de B�squez I Antonio Ortiz
Ojo del Esp�ritu Santo I Antonio Salas Rito de los Frijoles I Antonio
Sandoval Bosque del Apache I Antonio Sandoval Estancia I Antonio Sandoval
Las Lagunitas OI Antonio Sedillo Ca�ada de los Apaches I Apache Spring Ojo
del Apache I Apolonio Vigil Los Manuelitos C Arroyo Seco Jos� Trujillo OI
Baca Location #1 Luis Mar�a Cabeza de Baca I Baltasar Cisneros Antonio de
Abeytia I Barrancas Joaqu�n Sedillo y Antonio
Guti�rrez I Bartolom� Fern�ndez de la Pedresa Bartolom� Fern�ndez I
Bartolom� Marques Arroyo Chamisos I Basilio Gonz�lez Juan Manuel C�rdova I
Bautista Llara Juan G. Pinard I Beales Colony Arkansas OI Beaubien y Miranda
Maxwell Grant I Bentura Truxillo Ojo del Apache I Bishop John Lamy Rancho de
Nuestra Se�ora
de la Luz OI Bishop?s Ranch R�o Tesuque OI Borrego Spring Nerio Antonio
Montoya I Borrego Spring Ojo de Borrego I Bosque de los Pinos Joaqu�n
Sedillo y
Antonio Guti�rrez I Brazito Bracito C Ca�ada de las Meste�as Ca�ada de los
Mesta�os C Ca�ada de los �lamos Vertientes de Navajo I Ca��n de Carmel Ca��n
de Carnue C Ca��n de Carnuel Ca��n de Carnue C
Ap�ndice II: Otros nombres usados para las concesiones
Ap�ndice II: Otros nombres usados para las concesiones
P�gina 33 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Ca��n de Pecos Alexander Valle C Ca��n de Pedernal Juan Bautista Valdez C
Carlos Salazar Juan G. Pinard I Casa de Jos� Riano Piedra Lumbre I Casa de
Riano Piedra Lumbre I Cevilleta Sevilleta C Chama River Canyon Ca��n de
Chama C Ci�nega Francisco de Anaya
Almaz�n OI Cieneguilla Francisco de Anaya
Almaz�n OI Cition de Juana L�pez Sitio de Juana L�pez I City of Albuquerque
Albuquerque (Pueblo de) C City of Socorro Socorro (Pueblo de) C Crist�bal de
Torres Juan Jos� Lovato I Crist�bal Jaramillo San Anto�ito C Crist�val de la
Serna San Crist�bal OI Cubero Land Cubero (Pueblo de) C Diego Gallego Pueblo
de Santo Domingo y
San Felipe I Diego Lucero Godoi Estancia I Diego Padilla Lo de Padilla I
Diego Velasco Diego de Belasco I Domingo Romero Ojo de Borrego I Donaciano
Gurul� Diego Montoya I El Badito Badito C El Bracito Bracito C El Coyote
Rancho de Coyote I Elena Gallegos Diego Montoya I El Ranchito Ranchito C El
Rillito Rancho El Rito I El Rito (Colorado) Rancho El Rito I El Tajo Lo de
Padilla I Elisha Whittlesey Ortiz Mine I Embudo de Picures Embudo OI Encinas
Juan Bautista Valdez C Estanislado Sandoval Santiago Bone I Ethan W. Eaton
Domingo Fern�ndez C Father Jos� Antonio Mart�nez San Crist�bal OI Feliciano
Montoyo Francisco de Anaya
Almaz�n OI Felipe Delgado Caja del R�o C Felipe Gonz�lez Bernalillo (Pueblo
de) OI Felipe Guti�rrez Bernalillo (Pueblo de) OI Felipe Medina Arroyo Hondo
C Fernando de Taos Don Fernando de Taos C
Ap�ndice II: Otros nombres usados para las concesiones
P�gina 34 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Francisco Almaz�n Galisteo (Pueblo de) C Francisco Antonio de Gijosa Gijosa
OI Francisco Montes Vigil Alameda (Pueblo de) OI Francisco Ortiz Ortiz Mine
I Francisco Padilla Chamisos Arroyo I Francisco Sandoval Rancho de la
Sant�sima
Trinidad I Franz Huning Lo de Padilla I Fray Crist�bal Pedro Armendaris N�
33 OI Gabriel Quintana Jos� Ignacio Alar� OI Gaspar Ortiz Arroyo Hondo C
Ger�nimo Mart�n Barranca C Ger�nimo Mart�n Juan Est�ban Garc�a de
Noriega I Gijosa Rancho de Taos Gijosa OI Gregorio Dabolas Do�a Ana Bend
Colony C Guadalupe Bartolom� Fern�ndez I Hugh Stephenson Bracito C Ignacio
Cano Ortiz Mine I Ignacio Ch�vez Chaca Mesa OI Ignacio de Roibal Jacona
(Pueblo de) I Ignacio S�nchez Vergara Rancho de la Sant�sima
Trinidad I Isabel Jaramillo de Romero Nuestra Se�ora del
Rosario, San Fernando y Santiago C Isabel Montoya Manuela Garc�a de las
Ribas I Jacinto Pel�ez Juan Montes Vigil I James Boney Santiago Bone I Jes�s
Cresp�n Crist�val Cresp�n I Joaqu�n Garc�a El Rito (Pueblo de) OI John Heath
Heath OI Jos� Antonio Garc�a Petaca C Jos� Antonio Valdez R�o del Oso OI
Jos� Antonio Vigil Santo Domingo de Cundiy� OI Jos� Dolores Fern�ndez R�o
del Picur�s C Jos� Francisco Baca y Pino Maragua OI Jos� Francisco Baca y
Terrus Ca�ada de San Francisco C Jos� Francisco Dur�n Juan Manuel C�rdova I
Jos� Ignacio Alarid Jose Ignacio Alar� OI Jos� Ignacio Mart�nez Arroyo Hondo
C Jos� Manuel C�rdova Santiago Bone I Jos� R Zamora Vallecito de Lovato
(Pueblo
de ) C Jos� Salazar y Ortiz Vallecito de Lovato (Pueblo
de ) C
Ap�ndice II: Otros nombres usados para las concesiones
P�gina 35 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Jos� Serafin Ram�rez y Casanova Ca��n del Agua I Jos� Tapia Juan Manuel
C�rdova I Joseph Pacheco Pacheco I Juan Antonio Archuleta Archuleta y
Gonz�lez I Juan Antonio Quintana Jos� Ignacio Alar� OI Juan Bautista Vigil y
Alarid Jornada del Muerto I Juan Benabides R�o Tesque (Pueblo de) OI Juan
Carlos Santistevan Cebolla C Juan Cruz Arag�n Ojito de Galisteo OI Juan de
Dios Pe�a Alexander Valle C Juan de Jes�s Lucero Orejas del Llano de los
Aguajes I Juan Esteban Pino Preston Beck Jr. I Juan Fern�ndez de la Pesnera
Juan Montes Vigil I Juan Gid Heath OI Juan Jos� Gallegos Angostura I Juan
Luis Ortiz Sierra Mosca I Juan Manuel de Herrera R�mulo Barela I Juan Mart�n
Juan Manuel C�rdova I Juan Miguel Maes Maes y Gallego I Juan Ortiz Galisteo
(Pueblo de) C Juan Ortiz Badito C Juan Otero Ojo de La Cabra I Juan Pablo
Mart�n Polvadera OI Juan Salas Alamitos C Juan Salas Santa Cruz C La Joya
(Pueblo de) Sevilleta C La Junta de los R�os Mora y Sanello John Scolly C La
Peralta Peralta (1) I La Petaca Petaca C La Talaya Arroyo Hondo C Laguna
Pueblo (terrenos) Rancho de San Juan I Laguna Pueblo (terrenos) Rancho del
Gigante I Laguna Pueblo (terrenos) Rancho de Paguate I Laguna Pueblo
(terrenos) Rancho de Santa Ana I Laguna Pueblo (terrenos) Rancho El Rito I
Las Cieneguitas Maes y Gallego I Las Lamitas Las Lomitas I Las Manuelitas
Los Manuelitos C Leonardo Gonz�lez Archuleta y Gonz�lez I Lorenzo Lobato
Salvador Lovato I Lorenzo Marquez Ca�ada de los �lamos (1) C Los Cerrillos
Los Serrillos C Los Luceros Antoine Leroux I Los Padillas Lo de Padilla I
Ap�ndice II: Otros nombres usados para las concesiones
P�gina 36 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Los Ranchos Diego Montoya I Los Ranchos de Taos Crist�bal de la Serna OI
Lucero de Godoi Antonio Mart�nez I Lucero Spring Ojito de los M�danos I Luis
Jaramilo Agua Salada I Luis Mar�a Baca Ojo del Esp�ritu Santo I Manuel
�lvarez Ocate I Manuel Bustos Plaza Blanca I Manuel Fern�ndez Arroyo Hondo C
Manuel Hurtado Ca�ada de Cochit� I Manuel Ortiz Ojo de Borrego I Manuel
Trujillo Talaya Hill I Mar�a Cleof�s Bone Santiago Bone I Medina Black Mesa
OI Merced de Fern�ndes de Taos Don Fernando de Taos C Meregildo Guerra
Mesilla Civil Colony C Mesilla de San Ildefonso (terreno) Jos� Trujillo OI
Mesilla (terreno) Jos� Trujillo OI Miera y Pacheco Ca�ada de los �lamos (2)
I Miguel Ch�vez Arroyo Hondo C Miguel Montoya Bosque Grande OI Miguel Ortiz
Ojo de Borrego I Miranda Guadalupe Miranda I Nacimiento San Joaqu�n del
Nacimiento C Nacimiento del R�o Puerco San Joaqu�n del
Nacimiento C Nazario Gonz�lez Ca�ada de San Francisco C Nerio (Nereo)
Antonio Montoya Ojo de Borrego I Nuestra Se�ora de la Luz de las Lagunitas
Antonio Baca
OI Ojo de Borrego Nerio Antonio Montoya I Ojo del Esp�ritu Santo Pueblos de
Z�a, J�mez y
Santa Ana P Ojo de San Juan Ojo de San Jos� I Padilla Ca�ada de los �lamos
(2) I Pedro Gallego Maes y Gallego I Pedro Jos� Perea Jos� Leandro Perea I
Pedro Mart�n Serrano Piedra Lumbre I Pedro S�nchez Ram�n Vigil I Pedro
Montes Vigil de Santillana Antoine Leroux I Pe�a Blanca (Pueblo de) Juan
Montes Vigil I Pe�asco Largo Santiago Ram�rez I Plaza Colorado Valdez Plaza
Colorado OI Plaza de Santa B�rbara Santa B�rbara C P. M. Thompson Do�a Ana
Bend Colony C
Ap�ndice II: Otros nombres usados para las concesiones
P�gina 37 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Polvareda Polvadera OI Pueblo Colorado Antonio de Ulibarr� I Pueblo de
Quemado Pueblo de Quemado C Pueblo de San Antonio de Isleta Rancho de Ysleta
C Pueblo de San Crist�bal Domingo Fern�ndez C Pueblo de Santiago Juan Manuel
C�rdova I Pueblo de Cochit� (pastizal) Juana Baca I Pueblo of San Jos� Ojo
de San Jos� C Rafael Armijo Vertientes de Navajo I Rancho de Coyote Rancho
de Abiqui� I Rancho de Coyote Nepumecina Mart�nez de
Arag�n I Rancho de Coyote Rancho de la Gallina I Rancho de Coyote Rancho del
Rinc�n I Rancho de Coyote Rancho de R�o Arriba I Rancho de Coyote R�o de
Chama I Rancho de Galvan Rancho de la Sant�s�ma
Trinidad I Rancho de la Merced del San Joaqu�n del R�o Chama R�o de Chama
I Rancho de los Comales Rancho de los Corrales I Rancho de los Esteros Jos�
Leandro Perea I Rancho de las Truchas Nuestra Se�ora del
Rosario, San Fernando y Santiago C Rancho R�o Arriba Rancho de R�o Arriba I
Ranchos de Albuquerque Diego Montoya I Ranchos de Chino Tejano The Baird?s
Ranch I Reavis Peralta (2) I Refugio Colony Refugio Civil Colony C R�o
(Pueblo de) San Antonio del R�o
Colorado C R�o de las Gallinas Antonio Ortiz I R�o del Pueblo R�o del
Picur�s C R�o Tesque (Pueblo de) R�o Tesuque OI Rito Quemado Pueblo de
Quemado C R�mulo Varela R�mulo Barela I Roque Lobato Roque Lovato I Rumaldo
Archiveque Arquito OI S. Endicott Peabody Vallecito de Lovato (Pueblo
de ) C Salvador Gonz�lez Ca�ada Ancha I Salvador Montoya (y otros) Tecolote
(Pueblo de) OI San Antonio y Rancho del R�o Colorado San Antonio del R�o
Colorado C San Clemente Joaqu�n Sedillo y Antonio
Guti�rrez I
Ap�ndice II: Otros nombres usados para las concesiones
P�gina 38 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
San Diego de J�mez Ca��n de San Diego C San Fernando de Taos Don Fernando De
Taos C San Joaqu�n del Nacimiento Chupaderos de la Lagunita I San Joaqu�n de
R�o Chama Ca��n del Chama C San Jos� de Garc�a Bartolom� Trujillo C San Jos�
del Encinal Baltasar Baca I San Jos� y Santo Toribio de J�mez Ojo de San
Jos� C San Marcos Springs San Marcos Pueblo OI San Miguel de Laredo Ca��n De
Carnue C San Miguel del Bado San Miguel del Vado C San Pablo y Nacimiento
San Joaqu�n del
Nacimiento C S�nchez Juan Jos� S�nchez I Santa Cruz Francisco X. Romero I
Santa Cruz de la Ca�ada Santa Cruz C Santa Rita (mina) Santa Rita del Cobre
OI Santa Teresa de Jes�s Joaqu�n (de) Mestas I Santiago Bone Juan Manuel
C�rdova I Santiago Dur�n y Chaves San Mateo Spring( s) I Santiago Montoya
Bosque Grande OI Santo Domingo de Maragua Maragua OI Santo Tom�s Ap�stol del
R�o de las Trampas Las Trampas (Pueblo
de) C Santo Tom�s de Iturbide Colony Santo Tom�s de Yturbide C Santo Tom�s
del R�o de las Trampas Las Trampas (Pueblo de)
C Santo Toribio Ojo de San Jos� C Santo Toribo de J�mez Santo Torbio C Sitio
de Juana L�pez Mesita de Juana L�pez OI Sitio de Parajito Pajarito OI Sitio
del Navajo Vertientes de Navajo I Siti�n de Los Cerrillos Sitio de Los
Serrillos I Tajaque Tajique (Pueblo de) C Tom�s Cabeza de Baca Ojo del
Esp�ritu Santo I Tres �lamos �lamo I Tungue Tej�n (Pueblo de) C
�rsula Ch�ves Agua Negra I Vallecito de Lobato Vallecito de Lovato (Pueblo
de ) C Valverde Crist�bal Pedro Armendaris #33 OI Villa de Albuquerque
Albuquerque (Pueblo de) C Vicente Dur�n de Armijo Gaspar Ortiz I Vicente
Romero Alfonso Rael de Aguilar (2) I William T. Russell Juan de Gabald�n C
Ap�ndice II: Otros nombres usados para las concesiones
P�gina 39 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
a ?C? indica las concesiones de tierras comunitarias especificadas como
tales en la documentaci�n original de la concesi�n, enumeradas en el Cuadro
1. ?OI? indica las concesiones en las cuales, seg�n los herederos,
estudiosos u otros, hab�a tierras comunes, aunque �stas no figuran en la
documentaci�n; est�n enumeradas en el Cuadro 2. ?P? indica las concesiones
otorgadas por Espa�a a las culturas de los indios pueblo, enumeradas en el
Cuadro 3. ?I? indica las concesiones otorgadas a individuos.
Ap�ndice III: Objetivos, alcance y metodolog�a
P�gina 40 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Los senadores Jeff Bingaman y Pete Domenici, preocupados por la posibilidad
de que los Estados Unidos hayan incumplido sus obligaciones conforme al
Tratado de Guadalupe Hidalgo en lo que respecta a las concesiones de tierras
comunitarias otorgadas por Espa�a y por M�xico en lo que ahora es el Estado
de Nuevo M�xico, nos han pedido que estudiemos diversas cuestiones relativas
al tratado y su aplicaci�n. Posteriormente, el Representante Tom Udall se
adhiri� al pedido. Tenemos la intenci�n de contestar a sus preguntas por
medio de dos informes. El presente es el primero y define el concepto de las
concesiones de tierras comunitarias, describe tres tipos de concesiones que
se ci�en a esa definici�n, y enumera las concesiones que hemos encontrado en
cada una de esas tres categor�as. En el segundo informe se estudiar�n las
obligaciones jur�dicas contra�das por los Estados Unidos, conforme al
Tratado de Guadalupe Hidalgo, de proteger las concesiones de tierras
comunitarias y los procedimientos establecidos para llevar a la pr�ctica las
obligaciones mencionadas.
Conforme a lo solicitado, hemos limitado nuestro examen a las concesiones de
tierras comunitarias otorgadas por Espa�a o por M�xico entre fines del siglo
XVII y 1846, que estaban total o parcialmente en el actual Estado de Nuevo
M�xico y sujetas al Tratado de Guadalupe Hidalgo. Tambi�n hemos incluido las
concesiones otorgadas en el Nuevo M�xico actual hasta 1853 en las zonas que
ese a�o formaron parte de la Compra de Gadsden, puesto que �stas tambi�n
estaban sujetas al Tratado. Hemos estudiado las concesiones de tierras en
Nuevo M�xico para las cuales hemos podido hallar indicios de que se trataba
de concesiones comunitarias.
Para atender a esta solicitud, hemos reunido y examinado documentos de la U.
S. National Archives and Records Administration (Administraci�n Nacional de
Archivos y Documentos), en Washington, D. C. y en Denver; del New Mexico
State Records Center and Archives (Archivos y Centro de Documentaci�n del
Estado de Nuevo M�xico); del U. S. Bureau of Land Management (Direcci�n
Federal de Gesti�n de Tierras) y del U. S. Forest Service (Servicio Federal
Forestal); de diversas bibliotecas, entre ellas, el Center for Southwest
Research (Centro de Investigaciones para el Sudoeste), de la Biblioteca
Zimmerman de la Universidad de Nuevo M�xico, y las Colecciones Especiales de
la University of New Mexico Law School Library (Biblioteca de la Facultad de
Derecho de la Universidad de Nuevo M�xico); el U. S. National Park Service?s
Spanish Colonial Research Center (Centro de Investigaciones sobre la �poca
Colonial Espa�ola, del Servicio Nacional de Parques), en la Universidad de
Nuevo M�xico; y los que est�n en posesi�n de estudiosos, herederos de los
concesionarios, Ap�ndice III: Objetivos, alcance y
metodolog�a
Ap�ndice III: Objetivos, alcance y metodolog�a
P�gina 41 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
abogados que representan a los interesados en estas cuestiones, y de otras
personas o entidades que tienen que ver con las concesiones de tierras en
Nuevo M�xico.
Hemos buscado, recopilado y examinado documentos publicados e in�ditos sobre
las concesiones de tierras, entre ellos, libros, art�culos, monograf�as, y
tesis sin publicar. En nuestra b�squeda de material pertinente, hemos
incluido los art�culos publicados en M�xico que se refieren a la materia de
este informe. El Ap�ndice V trae una lista de los documentos que hemos
consultado.
Con el fin de comprender mejor las cuestiones relativas a las concesiones de
tierras comunitarias, durante nuestro examen hemos conversado con decenas de
herederos de los concesionarios de tierras en Nuevo M�xico; nos hemos puesto
en comunicaci�n con los gobernadores de los pueblos indios; con
historiadores, investigadores y otros eruditos que estudian las concesiones
de tierras, mexicanos algunos de ellos; con los abogados que representan los
intereses de los herederos de los concesionarios y de un pueblo indio; con
funcionarios de la Direcci�n Federal de Gesti�n de Tierras, del Servicio
Federal Forestal, del Estado de Nuevo M�xico (entre
�stos, de la Fiscal�a General y de varios condados donde hubo concesiones de
tierras), y con representantes de otras entidades o intereses que tienen que
ver con esas concesiones en Nuevo M�xico.
Para averiguar c�mo se definen las concesiones de tierras comunitarias,
hemos examinado numerosos documentos pertinentes, entre ellos, las
traducciones al ingl�s de documentos originales de concesi�n; las
traducciones al ingl�s de las leyes espa�olas y mexicanas pertinentes; las
resoluciones pertinentes de los tribunales federales, estatales y
territoriales sobre concesiones de tierras; los art�culos eruditos en que se
describen los usos y costumbres relativos a las concesiones de tierras; y
diversos estudios acerca de las mismas. Al conversar con los profesores y
otros especialistas en las concesiones de tierras, con los abogados que
tratan de las cuestiones o las causas judiciales por concesiones de tierras,
con los herederos de los concesionarios y con otros observadores (por
ejemplo, empleados del Gobierno Federal, bibliotecarios, estudiantes de
posgrado en la Biblioteca de Derecho de la Universidad de Nuevo M�xico y en
la Biblioteca principal de la misma universidad), solicitamos sus puntos de
vista sobre la definici�n de las concesiones de tierras comunitarias.
Tambi�n hemos pedido los comentarios de varios especialistas acerca de
nuestra definici�n preliminar de dichas concesiones. Durante el per�odo de
comentarios, entre el 24 de enero y el 2 de mayo de 2001, hemos recibido m�s
de 200 comentarios orales y
Ap�ndice III: Objetivos, alcance y metodolog�a
P�gina 42 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
escritos, as� como pruebas documentales, relativos a las concesiones de
tierras hechas por Espa�a y por M�xico. El alcance y la �ndole de estos
comentarios y de nuestras contestaciones figuran en el Ap�ndice IV,
?Comentarios del p�blico?. Para tratar de reconocer la totalidad de las
concesiones de tierras otorgadas por Espa�a y por M�xico en Nuevo M�xico,
hemos empleado diversos datos de car�cter hist�rico. La preparaci�n de
nuestra primera lista comenz� con la consulta de una tesis para optar a la
maestr�a en derecho por la Southern Methodist University, in�dita, escrita
por J. J. Bowden y titulada ?Reclamaciones de tierras privadas en el
Sudoeste.? En los seis vol�menes de esta tesis se describen con mucho
detalle 280 concesiones, otorgadas en lo que ahora es el Estado de Nuevo
M�xico, y se incorporan traducciones al ingl�s de ciertos pasajes de los
documentos de otorgamiento, as� como muchos de los diferentes nombres que
han llevado algunas de esas concesiones. Despu�s, examinamos los documentos
que se encuentran en diversos archivos del Agrimensor General (Surveyor
General) y del Tribunal de Reclamaciones Inmobiliarias Privadas (Court of
Private Land Claims), las dos entidades establecidas en el siglo XIX para
efectuar los procedimientos jur�dicos que dieran lugar al cumplimiento del
tratado. Siempre que ha sido posible, hemos examinado las traducciones al
ingl�s de los documentos originales de las concesiones. Tambi�n hemos usado
otras fuentes de informaci�n, entre ellas, las proporcionadas por los
herederos de los concesionarios. Cuando se han hallado diferencias entre los
diversos documentos, nos hemos inclinado por la versi�n que se encuentra en
los archivos del Agrimensor General o del Tribunal de Reclamaciones
Inmobiliarias Privadas. En nuestra investigaci�n hemos encontrado 295
concesiones de tierras hechas por Espa�a o M�xico en esta zona, que ahora
comprende el Estado de Nuevo M�xico.
Para aplicar nuestra definici�n y separar las concesiones comunitarias de
las dem�s concesiones de tierras, hemos buscado los indicios que figuran en
los documentos de las concesiones y en otras fuentes. Por ejemplo, las
consideramos concesiones comunitarias si los documentos de otorgamiento
traen expresiones como las siguientes: ?ser�n comunes los pastos y
abrevaderos? (Caja del R�o), ?ser�n comunes los pastos y bosques?
(Barranca), ?la plaza p�blica ser� tambi�n com�n para todos? (Ca��n de
Carnue), y ?tierra apartada para uso com�n del pueblo? (Colonia de Do�a Ana
Bend). Para incluir una concesi�n en la lista de las concesiones
comunitarias no se ha considerado necesario que en el otorgamiento se
especifiquen las tierras comunes sino que la concesi�n de tierras se otorgue
a un pueblo o asentamiento, ya que, seg�n las leyes y
Ap�ndice III: Objetivos, alcance y metodolog�a
P�gina 43 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
costumbres espa�olas y mexicanas, en las concesiones otorgadas a los pueblos
siempre se apartaban tierras para el uso com�n. Tambi�n hemos incluido las
concesiones otorgadas a diez personas o a m�s, puesto que seg�n estipulan
las leyes espa�olas en la Recopilaci�n de las leyes de los Reinos de las
Indias, se pod�an otorgar concesiones a diez o m�s personas casadas que se
reunieran para formar un asentamiento, lo que indica que en estos casos se
trataba de concesiones comunitarias.
Al consultar obras hist�ricas y sostener conversaciones con estudiosos y
herederos de los concesionarios, nos dimos cuenta de que pudieran existir
aun otras concesiones comunitarias. Aunque algunas concesiones se hubieran
otorgado a una persona determinada, algunas veces se apartaban
posteriormente terrenos para usos comunes, convirtiendo la concesi�n en
comunitaria. Esas conversiones no se registran en los documentos de
otorgamiento. Otros herederos y sus partidarios afirman, sin que sepamos la
justificaci�n, que ciertas otras concesiones tambi�n ten�an car�cter
comunitario. Hemos colocado estas concesiones comunitarias, supuestas pero
indocumentadas, en una segunda lista. No juzgamos la validez de esas
afirmaciones pero las enumeramos para la consideraci�n del Congreso.
Tambi�n hemos encontrado que Espa�a otorgaba concesiones de tierras a los
indios pueblo que ya resid�an en los territorios coloniales. Seg�n los
estudiosos, esas culturas pose�an sus tierras en com�n y desconoc�an el
concepto de la posesi�n privada de bienes ra�ces. Hemos enumerado esas
concesiones por separado, porque esas tierras comunes exist�an ya antes del
asentamiento de los espa�oles, y por la relaci�n especial que ha habido
entre las culturas ind�genas, de una parte, y los gobiernos de Espa�a,
M�xico y los Estados Unidos de la otra. Hemos utilizado los documentos del
Agrimensor General y el derecho p�blico para averiguar el n�mero de
concesiones otorgadas a la poblaci�n ind�gena.
Para desglosar por condado las concesiones de tierras, cotejamos los datos
por condado de varias bases de datos federales, estatales y privadas, en las
que figuran las concesiones de tierras en Nuevo M�xico, con lo que tambi�n
calculamos la fiabilidad de cada base. Asimismo, nos damos cuenta de que los
l�mites de los condados han variado apreciablemente desde 1850. Hemos
encontrado diferencias importantes entre las bases de datos; esas
discrepancias se deben, en parte, a diferencias en la interpretaci�n de
d�nde estaba la mayor parte de una concesi�n que se repart�a por m�s de un
condado. Esto es especialmente problem�tico en las concesiones que no est�n
acompa�adas de estudios topogr�ficos.
Ap�ndice III: Objetivos, alcance y metodolog�a
P�gina 44 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Para tratar de dar coherencia a la lista de concesiones por condado y
minimizar los errores, hemos hecho uso de los mapas oficiales de los
gobiernos federal y estatal, as� como de los varios condados, y la tesis de
J. J. Bowden. Esos mapas est�n basados en los datos topogr�ficos efectivos
de determinadas concesiones. Hemos examinado esos mapas directamente para
determinar cu�l es el condado donde est� situada principalmente cada una de
las concesiones que figuran en ellos. Pero como la informaci�n que traen
esos mapas es bastante limitada, hemos empleado la tesis de Bowden (que es
uno de los informes m�s detallados que existen sobre las concesiones de
tierras en Nuevo M�xico) para completar la relaci�n de concesiones por
condado. No hemos verificado la exactitud de los mapas oficiales ni de la
tesis de Bowden.
Cuando dibujamos los mapas que representan la ubicaci�n de cada concesi�n de
tierras, nos dimos cuenta de que nunca se hab�a trazado un mapa donde
aparecieran todas las concesiones. Los funcionarios de los organismos
federales y estatales, as� como los investigadores privados, nos informaron
de que en los mapas actuales s�lo aparecen ciertas concesiones, por ejemplo,
las que han sido medidas topogr�ficamente y confirmadas.
Debe advertirse que nos hemos valido de documentos, publicados e in�ditos, y
de archivos, principalmente los de Nuevo M�xico, Colorado y Washington, D.
C. Las pruebas acerca de las diversas concesiones var�an considerablemente
entre s� en cantidad, calidad, disponibilidad y fiabilidad. Por ejemplo, en
los archivos relativos a la Colonia de Do�a Ana Bend se encuentra una
documentaci�n extensa sobre su establecimiento y la ubicaci�n de los
terrenos, mientras que para la Hacienda del �lamo s�lo se encuentra la
petici�n del reclamante, sin la verificaci�n de los documentos originales de
la concesi�n. Nos hemos fiado, siempre que ha sido posible, de las
traducciones al ingl�s de los documentos originales de la concesi�n. En los
documentos presentados a la Oficina del Agrimensor General figuran los
nombres de las personas que los tradujeron. No obstante, no hemos sometido
ninguna traducci�n a evaluaciones objetivas. Tambi�n hemos de observar que
los nombres de las concesiones que figuran en la tesis de Bowden, la
documentaci�n del Agrimensor General y los archivos del Tribunal de
Reclamaciones Inmobiliarias Privadas no siempre coinciden. En el Ap�ndice II
aparecen los otros nombres que hemos encontrado.
Nuestro estudio se llev� a cabo entre abril de 2000 y agostode 2001,
siguiendo las normas usuales de auditor�a gubernamental.
Ap�ndice IV: Comentarios del p�blico P�gina 45 GAO- 01- 952 Concesiones de
tierras en Nuevo M�xico
Durante el per�odo de comentarios, recibimos m�s de 200 comentarios orales y
escritos acerca del Informe Preliminar. En principio, se preve�a que ese
per�odo terminara el 2 de abril, pero se prorrog� hasta el 2 de mayo para
dar m�s tiempo a la presentaci�n de informaci�n y documentaci�n. Recibimos
comentarios por v�a electr�nica a trav�s del sitio en la Internet de la GAO,
correo electr�nico, telefacs�mil, correo electr�nico y normal, y reuniones
celebradas en Nuevo M�xico entre el 23 y el 28 de marzo, 2001. En algunos de
los comentarios recibidos se ped�a informaci�n sobre nuestro estudio y sobre
concesiones espec�ficas de tierras o para averiguar si los autores de la
comunicaci�n eran herededores de determinadas concesiones.
Por telefacs�mil o correo y en nuestras reuniones, recibimos documentaci�n
para justificar ciertos cambios en nuestro Informe Preliminar. La mayor�a de
los comentarios no se refer�an a la definici�n y lista de las concesiones de
tierras comunitarias. Obtuvimos informaci�n sobre muchas concesiones, entre
ellas, historias detalladas de algunas, que trataremos en nuestros trabajos
futuros. Los comentarios sobre la definici�n y las listas, por lo general,
estaban de acuerdo con ambos. En vista de comentarios espec�ficos, hemos
efectuado ciertos cambios, que explicamos m�s adelante, en los antecedentes
y la clasificaci�n de cuatro concesiones. Muchos de los cambios recomendados
no iban acompa�ados de justificaci�n documental; por lo general, s�lo
efectuamos cambios que contaban con dicha justificaci�n. El an�lisis que
sigue de los comentarios del p�blico se atiene, por lo general, al orden del
informe:
1. Antecedentes. Ciertos comentarios se refer�an a los antecedentes
jur�dicos de las concesiones de tierras comunitarias. Se argumentaba a veces
que el informe no tra�a detalles suficientes sobre las leyes espa�olas y
mexicanas pertinentes al establecimiento de comunidades. Una carta se
refer�a a la influencia del derecho romano en el desarrollo de los pueblos y
establecimientos espa�oles en Espa�a y en Nuevo M�xico. Tambi�n estudiaba
las diferentes categor�as de tierras que pertenec�an a las comunidades; el
autor de la carta consideraba que la Corte Suprema no las hab�a reconocido
en su resoluci�n de la causa de los Estados Unidos contra Sandoval, 167 S.
C. 278, (1897). En la causa de Sandoval, la Corte Suprema lleg� a la
conclusi�n de que las tierras comunes de las concesiones de tierras
comunitarias pertenec�an al soberano, el cual, en este caso, era el gobierno
de los Estados Unidos como sucesor soberano de M�xico conforme al Tratado de
Guadalupe Hidalgo. Puesto que el informe inicial trata de la definici�n y
clasificaci�n de las concesiones de tierras comunitarias, hemos decidido no
insertar en este informe una descripci�n pormenorizada de las leyes
espa�olas y mexicanas relativas a Ap�ndice IV: Comentarios del p�blico
Ap�ndice IV: Comentarios del p�blico P�gina 46 GAO- 01- 952 Concesiones de
tierras en Nuevo M�xico
las concesiones de tierras comunitarias y a las categor�as de las tierras
que formaban parte de un establecimiento comunitario. Aplazamos hasta el
informe siguiente el estudio de esta informaci�n. Tambi�n hemos hecho varios
cambios t�cnicos que nos fueron recomendados por el Departamento de Estado.
2. Concepto y definici�n de las concesiones de tierras comunitarias. Algunos
comentaristas consideraban importante que us�ramos m�s t�rminos para definir
las concesiones de tierras comunitarias. Hac�an
�nfasis en la importancia del agua como recurso com�n y de las costumbres y
tradiciones en las concesiones comunitarias. Nuestra definici�n de
?concesi�n de tierras comunitarias? es muy amplia y se aplica a todas las
concesiones en que se proveen tierras para uso com�n. El Informe Preliminar
ya se refiere a la funci�n trascendente de las leyes, los usos y las
costumbres locales en el otorgamiento y la confirmaci�n de las concesiones.
Hemos a�adido un comentario sobre la importancia para estas comunidades del
v�nculo entre el agua y la tierra.
3. Las tierras comunes formaban parte de la concesi�n original, conforme a
la documentaci�n de la concesi�n. (Cuadro 1) Hemos hecho un cambio en el
Cuadro 1, que es la lista de las concesiones de tierras comunitarias
se�aladas como tales en la documentaci�n original de la concesi�n. En vista
de la documentaci�n recibida despu�s de la publicaci�n del Informe
Preliminar el 24 de enero, resulta que la concesi�n de Elena Gallegos no
re�ne ninguno de los tres criterios que hab�amos establecido para reconocer
la primera categor�a de las concesiones de tierras comunitarias. Esos
criterios son: 1) El documento original de la concesi�n especifica que una
parte de las tierras se dejen para el uso com�n; 2) La concesi�n se otorg�
para formar un pueblo o asentamiento Nuevo; y 3) La concesi�n se otorg� a
diez colonos o a m�s. Por consiguiente, retiramos la concesi�n de Elena
Gallegos de la lista de concesiones comunitarias del Cuadro 1, y la hemos
clasificado como concesi�n otorgada a individuos en el Ap�ndice I con el
nombre ?Diego Montoya.? La historia de esta concesi�n consta en la
resoluci�n del Tribunal de Reclamaciones Inmobiliarias Privadas, en la que
se confirmaban varios centenares de reclamaciones personales a partes de los
terrenos de esa concesi�n. 1 Esa concesi�n se hab�a otorgado
1 V�ase el Informe al Secretario de Justicia (Attorney General), preparado
por Matthew Reynolds, Fiscal Federal y Joseph R. Reid, Magistrado Presidente
(Chief Justice) del Tribunal de Reclamaciones Inmobiliarias Privadas,
relativo a las causas de Tom�s C. Guti�rrez contra los Estados Unidos,
terreno de los Ranchos, N� 106, y de Donaciano Gurul� contra los Estados
Unidos, concesi�n de Elena Gallegos o los Ranchos de Albuquerque, N� 51.
Ap�ndice IV: Comentarios del p�blico P�gina 47 GAO- 01- 952 Concesiones de
tierras en Nuevo M�xico
originalmente hacia fines del siglo XVII y vuelta a expedir en 1716 a Diego
Montoya a t�tulo personal. Posteriormente, esa concesi�n se transfiri� a
Elena Gallegos. Despu�s se asentaron en esas tierras numerosos poblados y
surgieron diversas peque�as aldeas (ranchos). Porque esta concesi�n se hizo
primero a favor de Diego Montoya, usaremos este nombre para la lista del
Ap�ndice I, mientras que el nombre de Elena Gallegos queda entre las
designaciones secundarias del Ap�ndice II.
Tambi�n nos lleg� el comentario de que la concesi�n de Tierra Amarilla no
pertenece al Cuadro 1 como concesi�n comunitaria, porque es una concesi�n a
t�tulo personal. En el comentario se citan varias causas federales y de
Nuevo M�xico en las que se sostiene que el Congreso hab�a confirmado la
concesi�n de Tierra Amarilla a t�tulo personal y no como concesi�n
comunitaria. 2 Reconocemos que el Congreso confirm� por ley en 1860 que la
concesi�n de Tierra Amarilla lo era a t�tulo personal, y que esa decisi�n es
jur�dicamente concluyente con respecto a esa cuesti�n conforme al derecho
vigente en los Estados Unidos. Sin embargo, nuestro informe tiene el fin de
definir los varios tipos de ?concesiones de tierras comunitarias? otorgadas
por Espa�a y por M�xico, e indicar las concesiones espec�ficas que
pertenecen a uno u otro de esos tipos. Esta indicaci�n no constituye una
resoluci�n jur�dica acerca de si una determinada concesi�n es comunitaria o
personal, sino que forma un marco para el progreso de nuestra labor. En la
actualidad examinamos c�mo cumplieron los Estados Unidos con sus compromisos
conforme al Tratado de Guadalupe Hidalgo en lo que corresponde a las
concesiones de tierras comunitarias. Hemos indicado las concesiones en las
cuales las tierras comunes se especifican en la documentaci�n original, que
es uno de nuestros tres criterios para la inclusi�n entre las concesiones
comunitarias. El documento por el que se otorga la concesi�n de Tierra
Amarilla menciona esas tierras, puesto que estipula que ?los pastos,
abrebaderos, y caminos queden libres seg�n las costumbres comunmente tenidas
en toda poblaci�n.? 3
2 V�anse Mart�nez contra Rivera, 196 F. 2d 192, 194 (10� Cir. 1952); cert.
denegado, 344 U. S. 828 (1952); Flores contra Bruesselbach, 149 F. 2d 616
(10� Cir. 1945); Junta de Comisarios del Condado de R�o Arriba (Rio Arriba,
New Mexico, Bd. of County Comm.) contra Director Regional Interino para el
Sudoeste (Acting Southwest Reg. Dir.), Direcci�n de Asuntos Indios (Bureau
of Indian Affairs), 36 IBIA 14 (2001).
3 Informe al Secretario del Interior, C�mara de Representates, Documento del
Ejecutivo N� 1, 34� Per�odo de Sesiones del Congreso, 3� Sesi�n, 1856- 57,
p. 487.
Ap�ndice IV: Comentarios del p�blico P�gina 48 GAO- 01- 952 Concesiones de
tierras en Nuevo M�xico
4. Concesiones se�aladas por los herederos y por otros (Cuadro 2). En esta
categor�a est�n las concesiones que los herederos, los estudiosos y otras
personas enteradas acerca de la historia de alguna concesi�n han declarado
que ten�an tierras en com�n. Tambi�n se incluyen ciertas concesiones
otorgadas a individuos, donde, seg�n esas personas u otros pobladores de las
mismas, se apartaban ciertas tierras para el uso com�n y para atraer a
nuevos pobladores. En otros casos, se nos ha dicho, surgieron asentamientos
en concesiones otorgadas a individuos en los cuales se presentaban las
caracter�sticas de las concesiones comunitarias, por ejemplo, zonas comunes
para pastar el ganado. Estas concesiones, aunque fueran otorgadas a
individuos, tambi�n figuran en el Cuadro 2.
Recibimos tambi�n una petici�n de que retir�remos las dos concesiones de
Pedro Armendaris, n�meros 33 y 34, del Cuadro 2, por tratarse de concesiones
otorgadas a individuos. Esta petici�n ven�a acompa�ada de justificantes,
entre ellos, copias de los documentos del Agrimensor General y dos patentes
estadounidenses para concesiones privadas expedidas por el Presidente
Rutherford B. Hayes en 1878. En estos documentos se narra la historia de esa
concesi�n, tal y como se hab�a expuesto al Agrimensor General, y que sirvi�
para que el Congreso confirmara esas concesiones como privadas en 1860. 4
Esos documentos manifiestan que los agentes del Gobierno de Espa�a otorgaron
esas concesiones a Pedro Armendaris en 1819 (33) y 1820 (34).
No obstante, nuestro prop�sito en el presente informe es preparar la lista
m�s completa posible del conjunto de las concesiones de tierras
comunitarias. Ten�amos el objetivo de saber cu�les de las concesiones
satisfac�an determinados criterios probatorios, adem�s de las otras
concesiones para las cuales los herederos y otras personas hab�an declarado
que ten�an tierras comunes. Este tipo de identificaci�n es importante,
porque a menudo falta la documentaci�n completa de la concesi�n. En el caso
de las dos concesiones otorgadas a Pedro Armendaris, los documentos s�lo
demuestran que �l hab�a sido el beneficiario de las mismas. Sin embargo,
ciertas personas han declarado que en esas concesiones hab�a tierras
comunes. Esta circunstancia no afecta a su condici�n jur�dica como
concesiones personales. Como ya hemos dicho, en este informe no se resuelven
cuestiones jur�dicas. Estas
4 El Congreso de los Estados Unidos tambi�n aprob� el otorgamiento de
concesiones a comunidades. Por ejemplo, el Congreso confirm� una concesi�n
al Pueblo de las Vegas en 1860, ch. 167, 12 Stat., 71 (1860). Tambi�n, v�ase
C�mara de Representates, el Documento del Ejecutivo N� 14, 36� Per�odo de
Sesiones del Congreso, 1� Sesi�n, (1860) p. 45.
Ap�ndice IV: Comentarios del p�blico P�gina 49 GAO- 01- 952 Concesiones de
tierras en Nuevo M�xico
concesiones figuran en el Cuadro 2 por esa informaci�n que nos ha llegado;
no hemos llegado a ninguna conclusi�n acerca de su veracidad.
Hemos a�adido dos concesiones al Cuadro 2: Francisco Montes Vigil y
Crist�bal de la Serna. Durante las conversaciones que sostuvimos en Nuevo
M�xico en marzo, los herederos de esas concesiones nos manifestaron que eran
concesiones comunitarias, pero no nos dieron ninguna prueba de que las
tierras comunes formaran parte de la concesi�n original. Sin embargo, como
la manifestaci�n de los herederos era suficiente criterio para la inclusi�n
en la segunda categor�a de las concesiones comunitarias, estas concesiones
figuran ahora en el Cuadro 2. Nos damos cuenta de que en varias ocasiones,
los tribunales del Octavo Distrito Judicial de Nuevo M�xico han llegado a la
conclusi�n de que la concesi�n de Crist�bal de la Serna fu� otorgada a
t�tulo personal, en vista de un estudio escrupuloso de su historia. 5 Como
ya hemos manifestado, la inclusi�n en nuestro Cuadro 2 no afecta a la
decisi�n judicial.
Recibimos dos comentarios que sosten�an que la concesi�n de Tecolote no
deb�a estar en el Cuadro 2. Un comentarista colocar�a esa concesi�n en el
Cuadro 1, como concesi�n de tierras comunitarias, para lo cual dec�a que
existen pruebas documentales. El otro comentario la colocar�a en el Ap�ndice
I, como concesi�n privada. Originalmente la hab�amos colocado en el Cuadro
2, por cierta declaraci�n de que era, en efecto, concesi�n de tierras
comunitarias. Estas opiniones contrapuestas representan las diferentes
posturas adoptadas en relaci�n con un pleito que actualmente se litiga en el
sistema judicial del Estado de Nuevo M�xico. 6 Se litiga si los herederos
del concesionario original tienen mejor derecho a una parte de la concesi�n
que el Pueblo de Tecolote. Seg�n las partes en el litigio, un tribunal
mexicano en 1838 dividi� la concesi�n entre los herederos del concesionario
original, Salvador Montoya, y el asentamiento de Tecolote. El Pueblo de
Tecolote obtuvo una patente (t�tulo de derecho) de los Estados Unidos en
1902 por el �rea de la concesi�n original. Pero esa patente dispone que s�lo
puede interpretarse como renuncia de los Estados Unidos de toda
reivindicaci�n sobre la tierra en cuesti�n, y de que
5 V�anse Kristen Selph alias Christine Padilla contra Alger, N� 79- 223- CV
(8� Tribunal de Distrito de NM, 1984); Selph contra Armijo, N� 7928 (8�
Distrito Judicial, NM, 1968);
Kiraly contra Trujillo, N� 96- 331- CV (8� Distrito Judicial, NM, 2000), y
Adams contra Abeyta, N� 96- 285- CV (8� Distrito Judicial, N. M., 2000).
6 Montoya contra Merced de Tecolote y Junta, N� 99- 322- CV (4� Tribunal de
Distrito, NM, 1999).
Ap�ndice IV: Comentarios del p�blico P�gina 50 GAO- 01- 952 Concesiones de
tierras en Nuevo M�xico
no perjudica los derechos de cualquier otra persona. En el litigio, los
herederos pretenden que tienen mejor derecho que el Pueblo de Tecolote a la
mitad de la concesi�n, aproximadamente. Para que la incluy�ramos en la
primera categor�a de las concesiones de tierras comunitarias, ser�a
necesario disponer de la documentaci�n original, la cual no se nos ha
mostrado. Sin embargo, para incluirla en la segunda categor�a, s�lo hace
falta que alguien considere que en la concesi�n se apartaban ciertas tierras
comunes. No tenemos ninguna opini�n acerca del fondo de ese litigio.
Tambi�n nos han llegado comentarios de que las concesiones de Alameda,
Embudo, La Majada, San Marcos Pueblo, 7 Sebasti�n Mart�n y Gijosa no
pertenecen al Cuadro 2, pero la informaci�n que nos hab�a llegado
anteriormente de que �sas eran concesiones comunitarias es suficiente para
incluirlas en ese cuadro.
5. Tierras comunes de las culturas de los indios pueblo (Cuadro 3). Un
dirigente del Pueblo de Santa Clara nos advirti� por escrito que del Cuadro
3 hab�amos omitido la concesi�n de la Ca�ada de Santa Clara, la cual s�lo
figuraba en el Ap�ndice I. Nos proporcion� una copia de la concesi�n
original espa�ola de 1763, as� como su traducci�n al ingl�s. La concesi�n
estipula que el valle entero de Santa Clara ser� para las tierras
cultivables y comunes del dicho Pueblo de Santa Clara, para sus ganados y
caballadas, con todos sus pastos y aguas. Hemos agregado esta concesi�n al
Cuadro 3, en vista de esta prueba documental. El Cuadro 3 consiste en las
concesiones otorgadas directamente a los pueblos indios. No incluye las
compras o adquisiciones posteriores de concesiones por los pueblos indios a
los concesionarios o a cualesquiera que tuviera derecho a enajenarlas.
Tambi�n nos lleg� una solicitud de un representante del Pueblo de Ysleta del
Sur, situado en Tejas, para la inclusi�n del mismo en nuestro estudio de las
concesiones de tierras comunitarias. Seg�n explica, despu�s de la revuelta
de los indios pueblo en 1680, los espa�oles trasladaron a los antepasados de
la actual tribu de Ysleta del Sur, que entonces viv�an cerca de donde hoy
est� Albuquerque, a la zona de El Paso, en Tejas, donde contin�an. En 1751,
el Gobernador de Nuevo M�xico otorg� una
7 Un estudioso ha preparado una historia de esta concesi�n para demostrar
que pertenece al Ap�ndice I como concesi�n otorgada a individuos, pero no
nos remiti� la documentaci�n original. Por consiguiente, esa concesi�n
figura en el Cuadro 2, puesto que alguien nos hab�a informado de que se
trataba de una concesi�n comunitaria. No hemos llegado a ninguna conclusi�n
acerca de cu�l de esas dos opiniones lleva raz�n.
Ap�ndice IV: Comentarios del p�blico P�gina 51 GAO- 01- 952 Concesiones de
tierras en Nuevo M�xico
concesi�n al pueblo de Ysleta del Sur. Cuando se firm� el Tratado de
Guadalupe Hidalgo en 1848, la zona que ese pueblo ocupaba formaba parte de
Nuevo M�xico. Sin embargo, dos a�os despu�s qued� incorporada a Tejas de
conformidad con la Componenda (Compromise) de 1850. 8 Ni el Agrimensor
General de Nuevo M�xico ni el Tribunal de Reclamaciones Inmobiliarias
Privadas aprobaron la concesi�n espa�ola, puesto que el pueblo indio en
cuesti�n estaba situado en Tejas. El Pueblo de Ysleta del Sur considera que
debe estar incluido en el estudio de la GAO porque tiene un motivo de queja
en com�n con las personas y tribus que lo integran.
Nuestros solicitantes del Congreso nos han pedido que examinemos las
obligaciones de los Estados Unidos conforme al Tratado de Guadalupe Hidalgo
y su aplicaci�n con respecto a las concesiones de tierras comunitarias en
Nuevo M�xico. En el Informe Preliminar, donde se definen las ?concesiones de
tierras comunitarias? y se enumeran las que corresponden a Nuevo M�xico,
incluimos �nicamente a los pueblos indios que encajan en nuestra definici�n
de concesiones de tierras comunitarias y en los criterios correspondientes.
Ya que el Pueblo de Ysleta del Sur est� situado en Tejas, no se puede
incorporar al �mbito de este estudio.
Recibimos una carta del Pueblo de Taos, lament�ndose de la poca atenci�n que
se hab�a prestado en nuestro estudio a las concesiones otorgadas a los
indios pueblo. En la carta se observaba que hab�amos conversado con decenas
de herederos de concesiones y de funcionarios, pero que s�lo hab�amos
entrevistado a unas pocas personas procedentes de un solo Pueblo. Debemos
decir que proporcionamos ejemplares del Informe Preliminar a los
Gobernadores de cada uno de los Pueblos ind�genas de Nuevo M�xico y que
celebramos reuniones con el p�blico en cinco puntos del estado. El Pueblo de
Taos tambi�n nos indica que a falta de un estudio a fondo de las tierras de
los indios pueblo, ese Pueblo no aceptar� las conclusiones del documento de
la GAO. Nos damos cuenta de que ha habido dificultades en cuanto a los
derechos de propiedad inmobiliaria entre los Pueblos ind�genas y los
pobladores. Como reconoce el Pueblo de Taos, nuestros solicitantes del
Congreso pidieron espec�ficamente que la GAO evaluara las obligaciones
jur�dicas de los Estados Unidos conforme al Tratado de Guadalupe Hidalgo y
su aplicaci�n con respecto a las concesiones de tierras comunitarias. En el
8 Por la Componenda de 1850 se entiende la ley por la cual California fue
admitida como estado de los Estados Unidos y parte de Tejas se agreg� al
territorio de Nuevo M�xico a cambio de 15 millones de d�lares.
Ap�ndice IV: Comentarios del p�blico P�gina 52 GAO- 01- 952 Concesiones de
tierras en Nuevo M�xico
caso de que hallemos opciones para resolver cualquier incumplimiento de
parte de los Estados Unidos, los solicitantes del Congreso desean que la GAO
explique los posibles efectos de esas opciones sobre las reivindicaciones de
tierras de los pueblos ind�genas. El trato que se d� en el segundo informe a
las reivindicaciones de los pueblos ind�genas depender� de los factores que
se mencionan en la contestaci�n al comentario b) del posterior Cuadro 4.
La carta del Pueblo de Taos no comenta el Cuadro 3 del Informe Preliminar,
donde figura una lista de las concesiones otorgadas a los indios pueblo y
las fechas en que se hicieron. En esa lista se dice que la concesi�n al
Pueblo de Taos se otorg� en 1815, fecha muy posterior a la de las
concesiones hechas a los otros pueblos ind�genas. Estudiamos de nuevo
nuestros documentos y llegamos a la conclusi�n de que esa fecha era
inexacta. Conversamos con un funcionario del Pueblo de Taos que conoce su
historia; nos indic� que la fecha de la concesi�n espa�ola original no se
pod�a conocer con certeza por falta de informaci�n suficiente. Por lo tanto,
hemos dejado en blanco la fecha de la concesi�n original y a�adido una nota
al pie en que se se�ala que esa fecha es incierta.
6. Datos pormenorizados acerca de las 295 concesiones de tierras espa�olas y
mexicanas (Ap�ndice I). En vista de los comentarios recibidos, nos hemos
dado cuenta de que algunas de las concesiones que figuran en el Ap�ndice I
coinciden con otras concesiones o est�n incluidas en �stas. Por ejemplo,
recibimos informaci�n de que la concesi�n de Juan Montes Vigil, enumerada en
el Ap�ndice I, formaba parte de la concesi�n de La Majada. Ni el Congreso ni
el Tribunal de Reclamaciones Inmobiliarias Privadas confirm� la concesi�n de
Vigil, aunque �sta se hab�a presentado a la aprobaci�n del Agrimensor
General. Sin embargo, dicho tribunal confirm� la concesi�n de La Majada en
1894; la patente correspondiente se expidi� en 1908. Tambi�n se nos inform�
que las concesiones de Jos� Dom�nguez y Sebasti�n Mart�n abarcan los mismos
terrenos. En efecto, Sebasti�n Mart�n compr� la concesi�n a la hija y al
yerno de Jos� Dom�nguez. El Congreso confirm� la concesi�n de Sebasti�n
Mart�n en 1860; la patente correspondiente se expidi� en 1893. El Agrimensor
General deneg� la concesi�n de Dom�nguez. 9
9 Nos llegaron varios comentarios en el sentido de que hab�amos omitido
algunas concesiones. Se trataba s�lo de otros nombres usados para las
concesiones.
Ap�ndice IV: Comentarios del p�blico P�gina 53 GAO- 01- 952 Concesiones de
tierras en Nuevo M�xico
Tambi�n hemos modificado el Ap�ndice I para facilitar su utilizaci�n. Nos
hab�a resultado dif�cil se�alar las concesiones que se conoc�an tambi�n por
otros nombres, y las hemos retirado del Ap�ndice I y formado con esos otros
nombres el Ap�ndice II, en el que cada uno de los otros nombres, en orden
alfab�tico, se refiere a una de las concesiones del Ap�ndice I. Tambi�n
hemos a�adido una columna al Ap�ndice I, con el fin de indicar la
clasificaci�n de la concesi�n para los fines de este informe: 1)
?C? indica las concesiones comunitarias seg�n la documentaci�n original,
enumeradas en el Cuadro 1; 2) ?OI? indica las concesiones comunitarias
se�aladas por los herederos o por otros, enumeradas en el Cuadro 2; 3) ?P?
indica las concesiones hechas a los pueblos ind�genas, enumeradas en el
Cuadro 3; y 4) ?I? indica las concesiones otorgadas a individuos. Adem�s, en
lugar de un mapa �nico de Nuevo M�xico en que se indican las concesiones de
los tres cuadros, tenemos tres mapas por condado predominante en que se
muestran por separado las concesiones de cada cuadro. Por �ltimo, en los
Cuadros 1 y 2 y en los Ap�ndices I y II, las concesiones que llevan el
nombre de ?Pueblo? figuran ahora por el orden alfab�tico de sus nombres
espec�ficos, no bajo ?Pueblo de ?..? 10 Con estos cambios esperamos
facilitar la localizaci�n de los nombres con los que suelen designarse cada
concesi�n.
7. Grupo Especial del Procurador General de Nuevo M�xico (New Mexico
Attorney General?s Task Force). Hemos recibido ayuda oral y escrita del
Grupo Especial del Procurador General de Nuevo M�xico, formado para asistir
a la GAO en el estudio de las concesiones de tierras comunitarias. El Cuadro
4 es el resumen de sus comentarios principales, agrupados algunos de ellos,
y de nuestras respuestas:
Cuadro 4: Comentarios del Grupo Especial del Procurador General de Nuevo
M�xico y respuestas de la GAO
Comentario Respuesta a) La definici�n de ?concesi�n de tierra comunitaria?
debe dar idea de la utilizaci�n en com�n de los bienes ra�ces enunciados en
las leyes originales espa�olas y mexicanas, la funci�n importante del agua,
y las costumbres, cultura y tradiciones locales.
Seg�n nuestra definici�n, una ?concesi�n de tierras comunitarias? es la que
tiene tierras comunes, lo que indica que se usaban en com�n. A la secci�n de
Antecedentes hemos a�adido referencias a la importancia de la tierra y el
agua, que son los ingredientes esenciales para el establecimiento de
asentamientos agr�colas sustentables en Nuevo M�xico. El informe ya se
refiere a la funci�n importante de los usos y
10 Ese cambio no se aplica a los pueblos ind�genas.
Ap�ndice IV: Comentarios del p�blico P�gina 54 GAO- 01- 952 Concesiones de
tierras en Nuevo M�xico
Comentario Respuesta costumbres en el otorgamiento y la confirmaci�n de
concesiones. b) Las concesiones de tierras otorgadas a individuos y a los
indios pueblo se enfrentaron a dificultades parecidas a las que sufrieron
concesiones comunitarias, y esas dificultades deber�an plantearse en el
estudio de la GAO.
Para ce�irse a la solicitud del Congreso, nuestro estudio se dedica a las
concesiones de tierras comunitarias que se usaron para formar nuevos
asentamientos y comunidades en Nuevo M�xico. Las dificultades que hallaron
las concesiones a individuos como resultado de la aplicaci�n del Tratado por
los Estados Unidos est�n fuera del alcance de nuestro estudio. Desde el
principio, las concesiones de los indios pueblo han sido distintas de las
otras concesiones otorgadas en Nuevo M�xico. Durante el siglo XX, la
soluci�n de las reclamaciones de tierra de los indios pueblo ha sido
diferente de las otras concesiones de tierras comunitarias en Nuevo M�xico,
por la condici�n jur�dica especial de los ind�genas. En el segundo informe
trataremos de las concesiones a los indios pueblo seg�n 1) las dificultades
a que se hubieran enfrentado los indios pueblo a consecuencia de la puesta
en pr�ctica del Tratado por los Estados Unidos; y 2) la medida en que esas
dificultades y su superaci�n difiera de las otras concesiones de tierras
comunitarias. c) Las traducciones al ingl�s de los documentos espa�oles y
mexicanos no son de fiar; el traductor del Informe Preliminar no estaba
enterado del espa�ol que se habla en Nuevo M�xico.
Nos hemos valido de las traducciones al ingl�s de los documentos espa�oles y
mexicanos que usaron los Agrimensores Generales, el Tribunal de
Reclamaciones Inmobiliarias Privadas, estudiosos, jurisperitos e
historiadores. Carecemos de los recursos y especializaci�n que hacen falta
para leer los documentos originales en espa�ol, aunque estuvieran
disponibles. Sin embargo, esto no es esencial para los fines del Informe
Preliminar, puesto que nuestras definiciones de ?concesi�n de tierras
comunitarias,? y de las tres categor�as de esas concesiones son muy
generales, y adem�s no tienen peso jur�dico. Hemos usados los servicios de
traducci�n del Departamento de Estado, puesto que �se es el organismo que
est� a cargo de traducir los documentos oficiales del Gobierno de los
Estados Unidos. d) Los futuros informes de la GAO deben tratar de las
cuestiones que afectan a los derechos de propiedad de los hispanos sobre las
concesiones de tierras, entre ellos, las incompatibilidades (conflictos de
inter�s), los abogados sin probidad, las leyes adversas sobre la propiedad,
los impuestos estatales, el fraude, la mala interpretaci�n de las leyes de
propiedad espa�olas y
El pr�ximo informe de la GAO se referir� a la aplicaci�n por los Estados
Unidos de sus obligaciones conforme al Tratado de Guadalupe Hidalgo. Tratar�
de esas obligaciones y de c�mo se cumplieron. El informe tal vez describa lo
que ciertas personas dicen acerca de lo que esas obligaciones abarcaban.
Ap�ndice IV: Comentarios del p�blico P�gina 55 GAO- 01- 952 Concesiones de
tierras en Nuevo M�xico
Comentario Respuesta mexicanas, la falta del conocimiento del ingl�s y el
racismo. e) El personal de la GAO debe seguir consultando con los
estudiosos, jurisperitos e historiadores.
La GAO piensa seguir consultando con los estudiosos, jurisperitos e
historiadores para la preparaci�n del pr�ximo informe.
8. Centros Comunitarios del Condado de Taos (Taos County Community Centers).
Hemos recibido varios comentarios y material escrito de la Taos County
Community Association. En uno de esos comentarios se manifiesta que las 295
concesiones del Ap�ndice I del Informe Preliminar constitu�an menos de la
tercera parte de las concesiones otorgadas en Nuevo M�xico, y que hab�a
otras 719 que no hab�amos tomado en cuenta. Este comentario se funda en lo
que dice un libro, escrito por un historiador de Nuevo M�xico, de que el
Agrimensor General, en su informe de 1856 al Congreso, declara que hab�a
recibido ?una colecci�n de 1014 concesiones y documentos relativos a la
propiedad inmobiliaria, de los cuales 197 eran concesiones privadas
(subrayada por �nfasis). 11 Esa Asociaci�n patrocin� un Memorial Conjunto de
la Legislatura de Nuevo M�xico (New Mexico House Joint Memorial), en la que
se declara que hab�an quedado 719 concesiones de tierras sin contar en el
Informe Preliminar de la GAO. 12 El informe de 1856 del Agrimensor General
indicaba, en efecto, que se le hab�an entregado 1014 concesiones y
documentos; pero ese n�mero abarcaba otros documentos, no s�lo los relativos
a las concesiones, que se refer�an a traspasos de propiedades y testamentos.
En efecto, el informe del Agrimensor General enumera menos concesiones que
las 295 que hemos encontrado.
9. Citas de la documentaci�n. Se nos ha preguntado el motivo por el cual el
Informe Preliminar no trae citas documentales que justifiquen la informaci�n
o las manifestaciones que trae, como suelen hacer los art�culos eruditos.
Los informes de la GAO no son estudios eruditos sino que se preparan para el
uso del Congreso y deben estar escritos de manera clara y concisa. Por
consiguiente, no tenemos la costumbre de apostillar
11 V�ase la carta del 19 de enero de 2001, del Director Ejecutivo de la Taos
County Community Centers Association, a la GAO (U. S. General Accounting
Office, Contralor�a General de los Estados Unidos), en la cual se cita la
obra Leading Facts of New Mexican History: Spanish and Mexican Land Grants,
por Ralph Emerson Twitchell, Cedar Rapids, Iowa, Torch Press, 1911- 12, pp.
459- 60.
12 H. J. Memorial 45, 45� Per�odo de Sesiones, 1� Sesi�n (Nuevo M�xico,
2001).
Ap�ndice IV: Comentarios del p�blico P�gina 56 GAO- 01- 952 Concesiones de
tierras en Nuevo M�xico
cada afirmaci�n que contiene. Los Ap�ndices III y V indican los documentos
que se han usado para elaborar este informe. Estos ap�ndices traen m�s
informaci�n de la que solemos proporcionar en nuestros informes, para que
los estudiosos, entre otros, puedan ver la documentaci�n que hemos usado
para elaborar la definici�n y las listas de las concesiones de tierras
comunitarias.
Para velar por la exactitud del informe, la GAO utiliza a un personal que no
particip� en la elaboraci�n del estudio para que examine los justificantes
de cada afirmaci�n y de la informaci�n que figura en el estudio. Nuestro
control de la calidad exige que cada afirmaci�n se justifique por la
documentaci�n v�lida pertinente y que los que efect�en el control de la
calidad deben evaluar independientemente la suficiencia de esa
documentaci�n. Al completarse el estudio, la documentaci�n que ha servido
para elaborarlo y cualquier base de datos preparada para ello se suele poner
a disposici�n del p�blico, previa solicitud.
10. Versi�n espa�ola del Informe Preliminar. Unos pocos comentarios se han
referido a que la traducci�n al espa�ol de la versi�n en ingl�s del Informe
Preliminar no se ci�e al espa�ol que se usa en Nuevo M�xico. Manifestaron,
espec�ficamente, que tra�a t�rminos t�cnicos que no son comunes para la
poblaci�n hispanohablante de Nuevo M�xico. Por ejemplo, llama ?concesion? al
privilegio o beneficio de tierra que otorg� Espa�a, mientras que la palabra
que se usa para la misma en Nuevo M�xico es ?merced?. Hemos a�adido una nota
relativa a la palabra
?merced?.
Ap�ndiceV: Bibliograf( a P�gina 57 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en
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(reimpreso en 1981).
Ap( ndice VI: Personal responsable y reconocimiento del personal colaborador
P�gina 64 GAO- 01- 952 Concesiones de tierras en Nuevo M�xico
Susan A. Poling and Alan R. Kasdan, (202) 512- 7648. Adem�s de los
antedichos, Robert C. Arsenoff, John C. Furutani, Robert E. S�nchez, Jos�
Alfredo G�mez, Barry T. Hill, Jeffrey D. Malcolm, David A. Rogers, James R.
Yeager, Jonathan S. McMurray, Carol Herrnstadt Shulman, Alice A. Feldesman,
William D. Updegraff, Stephen F. Palincsar, Etana Finkler, Veronica C.
Sandidge, Randy Byle, Heather Taylor, Bridget Beverly, Tonya Ford, Wanda
Okoro, Susan Conlon, Oliver H. Easterwood, Robert G. Crystal, Margie Armen,
James M. Rebbe, Jessica A. Botsford, Amy Webbink, Moza Al- Suylaiti, and
Heather Tierney han contribuido de manera muy importante al presente
informe. Tambi�n debemos reconocer las aportaciones del siguiente personal
de la Biblioteca de la GAO, cuya asistencia en nuestras investigaciones y en
localizar materiales y causas judiciales nos ha facilitado considerablemente
la preparaci�n del presente informe: las bibliotecarias Rennese D. Bumbray,
Maureen K. Cummings, Eunwa Kim, Bonita L. Mueller, Audrey L. Ruge y Kimberly
R. Walton y los t�cnicos Patricia A. Givens, William R. Haynos, Geraldine B.
Howard, Edna Legrant, Alice E. Paris y Ester L. Saunders.
. Ap�ndice VI: Personal responsable y
reconocimiento del personal colaborador Personal responsable en la GAO
Reconocimiento del personal colaborador
(976052)
The first copy of each GAO report is free. Additional copies of reports are
$2 each. A check or money order should be made out to the Superintendent of
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